RESOLUCIÓN 2118/2016
MINISTERIO DE SALUD (M.S.)


 
Créase la Residencia básica interdisciplinaria de Sistemas de Información en Salud.
Del: 28/10/2016; Boletín Oficial 01/11/2016.

VISTO:
La Ordenanza N° 40.997 (texto consolidado por Ley N° 5.454) y el Expediente Electrónico N° 23037867/MGEYA-DGDIYDP/16, y
CONSIDERANDO:
Que las Residencias del Equipo de Salud, aprobadas por Ordenanza Nº 40.997, constituyen un sistema remunerado de capacitación de posgrado a tiempo completo, con actividad asistencial programada y supervisada;
Que, mediante la Ordenanza N° 43.316, se facultó al Departamento Ejecutivo a crear nuevas residencias, a la modificación de las existentes y a establecer su tiempo de desarrollo, manteniendo de esta manera actualizado el Sistema de Residencias;
Que por Decreto Nº 399/13 se facultó al/a la titular del Ministerio de Salud a crear y modificar las residencias del Sistema de Residencias del Equipo de Salud, de Apoyo al Equipo de Salud y de Enfermería del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con la previa intervención del Ministerio de Modernización; Que los objetivos a cargo del Ministerio de Modernización en la época del dictado del Decreto N° 399/13, respecto al diseño e implementación de las políticas de gestión y administración de los recursos humanos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se encuentran actualmente en cabeza del Ministerio de Hacienda, a partir del dictado del Decreto N° 363/15;
Que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha desarrollado y comenzado a implementar una Agenda Digital en el ámbito sanitario;
Que se ha creado la Dirección General de Informática Clínica, Estadística y Epidemiológica, dependiente de la Subsecretaría de Planificación Operativa, que tiene como misión la implementación de un sistema de información en toda la red de salud pública de la Ciudad que permita un cuidado de la salud integral y progresivo;
Que esto se traduce en la progresiva implementación de la Historia Clínica Electrónica en los efectores de salud del subsistema público;
Que se contempla una mejora en la accesibilidad a través de una gestión integrada al sistema de turnos y el desarrollo de un plan de Salud Móvil que complemente la estrategia de Atención Primaria de Salud y facilite el cumplimiento de controles de salud y prácticas preventivas;
Que con el fin de llevar adelante estos proyectos es necesario contar con un recurso humano calificado para ello;
Que, en tal sentido, este Ministerio de Salud considera necesaria la creación de la Residencia básica interdisciplinaria de Sistemas de Información en Salud y de la Residencia posbásica general de Sistemas de Información en Salud, dentro del Sistema de Residencias del Equipo de Salud;
Que, por otra parte, en el marco de la promoción de las residencias interdisciplinarias y multiprofesionales, la Dirección General de Docencia, Investigación y Desarrollo Profesional considera de vital importancia equilibrar la presencia de las distintas profesiones de origen en la conformación de los equipos profesionales que participarán en el proceso de formación, a los fines de poder evaluar anualmente las necesidades a cubrir, garantizar la actuación interdisciplinaria y orientar la oferta de vacantes en función de ello;
Que, en ese orden de ideas, en cada llamado a concurso para las mencionadas residencias, se determinarán los profesionales a los cuales se destina la convocatoria;
Que el Ministerio de Hacienda ha tomado intervención en el trámite de las presentes actuaciones.
Por ello, y en uso de las facultades delegadas por el Decreto N° 399/13,
La Ministra de Salud resuelve:

Artículo 1°.- Créase la Residencia básica interdisciplinaria de Sistemas de Información en Salud, con una duración de 4 (cuatro) años, quedando incorporada al artículo 1° de la Ordenanza N° 40.997.
Art. 2°.- Créase la Residencia posbásica general de Sistemas de Información en Salud, con una duración de 3 (tres) años, quedando incorporada al artículo 1° de la Ordenanza N° 40.997.
Art. 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y pase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General de Docencia, Investigación y Desarrollo Profesional.
Bou Pérez


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