VISTO el Expediente N° 1-2002- 27173-15-4 del registro de este Ministerio, la Ley N° 24.788, su Decreto Reglamentario N° 149 del 3 de marzo de 2009 y modificatorio, el Decreto Nº 114 de fecha 12 de enero de 2016, la Resolución Ministerial N° 1170 del 1° de julio de 2010 y la Decisión Administrativa Nº 498 del 19 de mayo del 2016, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 24.788 y sus Decretos Reglamentarios Nº 149 del 3 de marzo de 2009 y Nº 688 del 10 de junio de 2009 en su Artículo 8º establecen la creación del PROGRAMA NACIONAL DE PREVENCION Y LUCHA CONTRA EL CONSUMO EXCESIVO DE ALCOHOL.
Que por la Resolución Ministerial Nº 1170 de fecha 1° de julio de 2010 se implementó el PROGRAMA NACIONAL DE PREVENCION Y LUCHA CONTRA EL CONSUMO EXCESIVO DE ALCOHOL bajo dependencia directa de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SALUD MENTAL Y ADICCIONES.
Que atento el cambio de autoridades en la DIRECCIÓN NACIONAL DE SALUD MENTAL Y ADICCIONES y en virtud del Decreto Nº 114/2016 y de la Decisión Administrativa Nº 498/2016 que aprobó la estructura organizativa de este Ministerio de Salud, resulta imperioso modificar el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 1170 de fecha 1° de julio de 2010.
Que asimismo es pertinente modificar el artículo 3º de la mencionada resolución ministerial a fin de designar en el cargo de Coordinador General de dicho Programa al actual titular de la DIRECCIÓN DE SALUD MENTAL Y ADICCIONES, y como Coordinador General Suplente al Lic. Juan Pablo MONSERRAT (D.N.I. N° 22.195.248), a fin de cumplir con las demandas que el área de salud adeuda frente a los requerimientos sociales de la temática.
Que la SECRETARÍA DE PROMOCIÓN, PROGRAMAS SANITARIOS Y SALUD COMUNITARIA y la SUBSECRETARIA DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGO prestaron conformidad al dictado de la presente medida.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta de conformidad a lo establecido en la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y modificatorios y complementarios.
Por ello,
El Ministro de Salud resuelve:
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