DECRETO 1235/2016
PODER EJECUTIVO PROVINCIAL (P.E.P.)


 
RATIFÍCASE en todas sus partes el CONVENIO MARCO DE ADHESIÓN AL PROYECTO DE PROTECCIÓN DE LA POBLACIÓN VULNERABLE CONTRA LAS ENFERMEDADES CRÓNICAS NO TRANSMISIBLES” celebrado entre el Ministerio de Salud de la Nación y la Provincia de Santa Cruz.
Del: 29/06/2016; Boletín Oficial 06/09/2016.

VISTO:
El Expediente MS-Nº 964.403/15, elevado por el Ministerio de Salud; y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se propicia ratificar en todas sus partes el CONVENIO MARCO DE ADHESIÓN AL PROYECTO DE “PROTECCIÓN DE LA POBLACIÓN VULNERABLE CONTRA LAS ENFERMEDADES CRÓNICAS NO TRANSMISIBLES” celebrado entre el Ministerio de Salud de la Nación, representado en este acto por el Ministro de Salud de la Nación Doctor Jorge Daniel LEMUS, con domicilio en Avenida 9 de Julio Nº 1925 2º Piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y por la otra parte, la Provincia de Santa Cruz, representado por la señora Gobernadora Doctora Alicia Margarita KIRCHNER, con domicilio en calle Alcorta Nº 231 de la ciudad de Río Gallegos de la Provincia de Santa Cruz;
Que dicho Convenio Marco de Adhesión tiene como propósito contribuir con: i) mejoras en la preparación de los Centros Públicos de Salud para ofrecer una mayor calidad de servicios sobre las ENT para los grupos de población vulnerables y ampliar el alcance de los servicios seleccionados; y ii) la protección de grupos vulnerables de la población contra factores de riesgo de ENT frecuentes;
Que la vigencia del Convenio Marco de Adhesión se establece hasta la fecha de finalización del Convenio de préstamo aprobado y según las condiciones de su vigencia 15.2) del presente;
Por ello y atento a los Dictámenes DPAL-Nº 991/16, emitido por la Dirección Provincial de Asuntos Legales, obrante a fojas 38 y SLyT-GOB-Nº 0687/16, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 61;
La Gobernadora de la Provincia decreta:

Artículo 1º.- RATIFÍCASE en todas sus partes el CONVENIO MARCO DE ADHESIÓN AL PROYECTO DE PROTECCIÓN DE LA POBLACIÓN VULNERABLE CONTRA LAS ENFERMEDADES CRÓNICAS NO TRANSMISIBLES” celebrado entre el Ministerio de Salud de la Nación, representado en este acto por el Ministro de Salud de la Nación Doctor Jorge Daniel LEMUS, con domicilio en Avenida 9 de Julio Nº 1925 2º Piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y por la otra parte, la Provincia de Santa Cruz, representado por la señora Gobernadora Doctora Alicia Margarita KIRCHNER, con domicilio en calle Alcorta Nº 231 de la ciudad de Río Gallegos de la Provincia de Santa Cruz, conforme a las diez (19) Cláusulas que lo componen, el cual forma parte integrante del presente.-
Art. 2º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de Salud.-
Art. 3º.- PASE al Ministerio de Salud (Secretaría Privada quien realizará la comunicaciones de práctica), a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
Dra. Kirchner; Od. María Rocío García.


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