VISTO el expediente N° 2916-1769/2016 mediante el cual el Centro Único Coordinador de Ablación e Implante de la Provincia de Buenos Aires (CUCAIBA), gestiona la adecuación de valores y rubros de los módulos para el reconocimiento de costos en procuración de órganos y tejidos para trasplante aprobados mediante Resolución Nº 6.954/15; y
CONSIDERANDO:
Que ante la necesidad de brindar una pronta respuesta sanitaria a los pacientes en lista de espera, es conveniente incentivar la participación de todos aquellos profesionales y equipos no dependientes de C.U.C.A.I.B.A. en aquellas actividades y tareas tendientes a incrementar el compromiso con las actividades de procuración, ablación e implantes dentro de la Jurisdicción;
Que, para ello, resulta necesario reconsiderar periódicamente los valores correspondientes a los honorarios profesionales cuando la práctica es realizada por profesional o equipo ajeno al aludido Centro, así como los costos institucionales para operativos que culminan en ablación y módulos de laboratorio para dicha prestación;
Que los aranceles propuestos por el Centro Único Coordinador de Ablación e Implante de Órganos de la Provincia de Buenos Aires (C.U.C.A.I.B.A.) tienen en cuenta los valores referenciales mínimos aprobados por el Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante (I.N.C.U.C.A.I.) y las prioridades y necesidades definidas para esta jurisdicción;
Que, por lo expuesto, se estima procedente y oportuno hacer lugar a la gestión que se promueve.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el art. 22 de la Ley Nº 14.803;
Por ello,
La Ministra de Salud, resuelve:
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