LEY 5939
PODER LEGISLATIVO PROVINCIAL (P.L.P.)


 
“Día Provincial de la Lucha contra la violencia de género en los medios de comunicación”.
Sanción: 06/07/2016; Promulgación: 26/07/2016; Boletín Oficial 05/08/2016.

La Legislatura de Jujuy sanciona con fuerza de Ley:

Artículo 1º.- Institúyase el 11 de Marzo de cada año como “Día Provincial de la Lucha contra la Violencia de Género en los Medios de Comunicación”, en consonancia con lo establecido por la Ley Nacional Nº 27.176.-
Art. 2º.- El Poder Ejecutivo Provincial, a través del organismo competente, desarrollará actividades de capacitación, difusión, prevención y concientización que promuevan la reflexión crítica sobre la Violencia de Género en los Medios de Comunicación.-
Art. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 06 de Julio de 2016.-
Cont. Púb. José M. Montiel, Secretario Administrativo a/c Secretaría Parlamentaria Legislatura de Jujuy
C.P.N. Carlos G. Haquim, Presidente Legislatura de Jujuy


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