RESOLUCIÓN 182-E/2016
SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN (S.G.P.N.)


 
“Semana de la Lucha contra la Muerte Súbita”.
Del: 02/08/2016; Boletín Oficial 05/08/2016.

VISTO el Expediente 2002-8087-16-6 del Registro del MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN, el Decreto Nº 101 del 16 de enero de 1985, modificado por el Decreto Nº 1517 del 23 de agosto de 1994, la Resolución S.G. Nº 459 del 21 de octubre de 1994, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente indicado en el VISTO tramita la presentación efectuada por la Fundación Cardiológica Argentina, a través de la cual se solicita declarar de Interés Nacional a la “Semana de la Lucha contra la Muerte Súbita”, que se desarrollará en todo el país, entre el 20 y el 27 de agosto de 2016.
Que la Fundación Cardiológica Argentina ha sido creada como un brazo de la Sociedad Argentina de Cardiología, con la misión de transmitir a la comunidad los conocimientos necesarios para la promoción de la salud y la prevención de las enfermedades cardiovasculares, que constituyen la primera causa de morbimortalidad en los adultos mayores.
Que en nuestro país se producen alrededor de 40.000 (CUARENTA MIL) muertes súbitas por año, ocasionándose el 70% (SETENTA PORCIENTO) fuera de los hospitales, razón por la cual la comunidad se transforma en ser la encargada, en primer término, de atender un episodio de muerte súbita.
Que la Fundación Cardiológica Argentina promueve en toda la población, el entrenamiento en las maniobras de Reanimación Cardiopulmonar Básica (RCP) y en el manejo de Desfibriladores Externos Automáticos (DEA), de manera tal que cualquier víctima de paro cardiorrespiratorio pueda ser atendida y desfibrilada dentro de los primeros 3 (TRES) minutos de ocurrido el episodio.
Que en la “Semana de la Lucha contra la Muerte Súbita”, la institución solicitante tiene programado realizar cursos y charlas relacionadas con la temática, dirigidas a médicos, deportistas y la comunidad en general.
Que atento a la importancia de las actividades propuestas y los meritorios antecedentes de la entidad y los profesionales responsables de su realización, se estima apropiado acceder a lo solicitado.
Que el MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención correspondiente, dictaminando favorablemente.
Que la Resolución S.G. Nº 459/94 establece los requisitos y procedimientos a los que se debe ajustar el trámite de declaraciones de Interés Nacional.
Que, en este sentido, la Fundación Cardiológica Argentina ha presentado la documentación pertinente.
Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas por el artículo 2º, inciso j) del Decreto Nº 101/85 y su modificatorio, Decreto Nº 1517/94.
Por ello,
El Secretario General de la Presidencia de la Nación resuelve:

Artículo 1°.- Declárase de Interés Nacional a la “Semana de la Lucha contra la Muerte Súbita”, que se desarrollará en todo el país, entre el 20 y el 27 de agosto de 2016.
Art. 2°.- La declaración otorgada por el artículo 1º del presente acto administrativo no generará ninguna erogación presupuestaria para la Jurisdicción 20.01 - SECRETARÍA GENERAL - PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Art. 3°.- Publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Fernando de Andreis.


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