DECISIÓN ADMINISTRATIVA 392/2016
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS (J.G.M.)


 
Desígnase Director de Gestión de Establecimientos Asistenciales.
Del: 04/05/2016; Boletín Oficial 05/05/2016.

VISTO la Ley N° 27.198 por la que se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016, distribuido por la Decisión Administrativa N° 10 de fecha 19 de enero de 2016, los Decretos N° 1343 del 4 de octubre de 2007 y sus modificatorios, N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, N° 114 de fecha 12 de enero de 2016 y N° 227 de fecha 20 de enero de 2016 y el Expediente N° 1-2002- 30836/15-6 del registro del MINISTERIO DE SALUD, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 7° de la ley citada precedentemente, se estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de dicha ley, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que mediante el Artículo 1° del Decreto N° 227/16 se estableció que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de rango y jerarquía inferior a Subsecretario, que corresponda a cargos de la dotación de su planta permanente y transitoria y cargos extraescalafonarios, correspondiente a los cargos vacantes y financiados con la correspondiente partida presupuestaria de conformidad a las estructuras jurisdiccionales aprobadas será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que por Decreto N° 1343/07 y sus modificatorios se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE SALUD.
Que por el artículo 3° del Decreto N° 114/16, se aprobó la conformación organizativa del MINISTERIO DE SALUD, de acuerdo con el organigrama establecido en dicho decreto.
Que en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE GESTION DE SERVICIOS ASISTENCIALES dependiente de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS, se encuentra vacante el cargo de Director de la DIRECCIÓN DE GESTION DE ESTABLECIMIENTOS ASISTENCIALES, Nivel B - Grado 0, Función Ejecutiva Nivel III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), instituido por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL, homologado por Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y modificatorios.
Que atento a la naturaleza de dicho cargo y a efectos de contribuir al normal cumplimiento de las acciones que tiene asignadas la unidad orgánica a la que corresponde el cargo en cuestión, resulta necesario proceder a su cobertura transitoria, exceptuándolo a tal efecto de lo dispuesto en el artículo 7° de la Ley N° 27.198.
Que el MINISTERIO DE SALUD propuso para la cobertura del citado cargo al Dr. D. Ricardo Aldo Genaro VIOTTI quien debe ser exceptuado de lo dispuesto por el artículo 5°, inciso f) del Anexo de la Ley N° 25.164.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCION NACIONAL, 7° de la Ley N° 27.198, 1° del Decreto N° 227/16 y 5° del Anexo I al Decreto N° 1421/02.
Por ello,
El Jefe de Gabinete de Ministros decide:

Artículo 1°.- Desígnase, a partir del 1° de marzo de 2016, con carácter transitorio por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al Dr. Ricardo Aldo Genaro VIOTTI (D.N.I. N° 7.787.017), en el cargo de Director de la DIRECCION DE GESTION DE ESTABLECIMIENTOS ASISTENCIALES, dependiente de la SUBSECRETARIA DE GESTION DE SERVICIOS ASISTENCIALES dependiente de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD, Nivel B - Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva de Nivel III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), instituido por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por Decreto N° 2098/08 y modificatorios, con carácter de excepción a lo dispuesto en los artículos 5° inciso f) del Anexo de la Ley N° 25.164 y 7° de la Ley N° 27.198.
Art. 2°.- El cargo involucrado en el artículo 1° deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes, según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II -Capítulos III, IV y VIII- y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por Decreto N° 2098/08 y modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha indicada en el artículo 1° de la presente medida.
Art. 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 80 - MINISTERIO DE SALUD.
Art. 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Marcos Peña; Jorge D. Lemus.


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