LEY 8854
PODER LEGISLATIVO PROVINCIAL (P.L.P.)


 
La presente Ley tiene por objeto garantizar el acceso a la información por parte de la ciudadanía, sensibilizar, prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres, en todas sus formas.
Sanción: 22/03/2016; Promulgación: 13/04/2016; Boletín Oficial 19/04/2016.

La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con fuerza de Ley:

Artículo 1°.- La presente Ley tiene por objeto garantizar el acceso a la información por parte de la ciudadanía, sensibilizar, prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres, en todas sus formas.
Art. 2°.- Establécese la obligatoriedad de difundir por parte de los organismos públicos y privados que prestan servicios a la sociedad, los números de teléfonos, denominación, correos electrónicos y toda otra forma de contacto de los centros y lugares que prestan asistencia a las víctimas de violencia contra las mujeres.
Art. 3°.- Serán alcanzados por las disposiciones de la presente Ley los organismos pertenecientes a los tres Poderes del Estado Provincial, las empresas de transporte público de pasajeros, supermercados, asociaciones gremiales, cines, teatros y cualquier otro lugar de concurrencia masiva de público, quienes deberán exhibir esta información en un lugar visible.
Art. 4°.- Facúltase a los tres Poderes del Estado Provincial a celebrar convenios con las universidades públicas y privadas y con los colegios de profesionales a fin de generar un ámbito de capacitación destinado a las personas interesadas y/o que trabajen en la temática de violencia contra la mujer.
Art. 5°.- Facúltase al Poder Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias que resulten pertinentes y necesarias para el cumplimiento de la presente Ley.
Art. 6°.- Invítase a los organismos intervinientes a incluir en sus portales web oficiales un sector de difusión sobre esta temática.
Art. 7°.- Comuníquese
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Tucumán a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil dieciséis.
C.P.N. Osvaldo Francisco Jaldo, Presidente H. Legislatura de Tucumán.
Claudio Antonio Pérez, Secretario H. Legislatura de Tucumán.


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