VISTO:
El Decreto Nº 0001/15 dictado por el Poder Ejecutivo Provincial; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el dispositivo aludido en el visto, el Poder Ejecutivo Provincial ordenó extender la vigencia de las medidas dispuestas mediante los Decretos Nº 005/12, sus modificatorios, y normas complementarias, a regir hasta el 31 de diciembre de 2015;
Que dicho acto administrativo contiene una serie de medidas conducentes a contener el gasto público y optimizar los recursos del Estado, y en tal sentido, en lo concerniente a la contratación de personal se dispuso la suspensión de nuevos contratos, a excepción de aquellos ingresos destinados a las áreas de seguridad, personal docente y profesionales de la salud;
Que a instancias del Ministerio de Salud de la Provincia, se plantearon algunos ajustes en el mecanismo administrativo a los fines de agilizar los ingresos de Profesionales de la Salud comprendidos en el Agrupamiento “A” de la Ley de Carrera Profesional Sanitaria (Art. 4 de la Ley Nº 1795 y modificatorias) destinados a los Hospitales del Sistema Público de Salud;
Que ante esa situación, se torna necesario reformular los alcances del Artículo 6º del Decreto Nº 005/12 y modificatorios, el cual había sido aludido en el Decreto N° 0001/15;
Que la Constitución Provincial ha dispuesto que el Poder Ejecutivo de la Provincia está facultado a adoptar las medidas necesarias para el buen orden de la Administración y los servicios;
Por ello y atento al Dictamen DPAL-Nº 153/15, emitido por la Dirección Provincial de, Asuntos Legales, obrante a fojas 7 y a Nota SLyT-GOB-Nº 0356/15, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 18/19;
El Gobernador de la Provincia decreta:
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