LEY I-567
PODER LEGISLATIVO PROVINCIAL (P.L.P.)


 
Adhesión a la Ley Nacional N° 27.159 que regula el sistema de prevención integral de eventos por muerte súbita en espacios públicos y privados de acceso públicos.
Sanción: 01/12/2015; Promulgación: 17/12/2015; Boletín Oficial 24/12/2015.

La Legislatura de la Provincia del Chubut sanciona con Fuerza de Ley:

Artículo 1°.- Adhiérase a la Ley Nacional N° 27.159, que regula el sistema de prevención integral de eventos por muerte súbita en espacios públicos y privados de acceso públicos a fin de reducir la morbimortalidad súbita de origen cardiovascular.
Art. 2°.- LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, AL PRIMER DÍA DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL QUINCE.
Dr. César Gustavo Mac Karthy, Presidente Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut.
Lic. Edgardo Antonio Alberti, Secretario Legislativo Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut.


Copyright © BIREME  Contáctenos