RESOLUCION 2617/2010
MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL


 
Programa Nacional de Nutrición, Complementaria Alimentaria, Distribución de Leche Fortificada.
Del: 14/07/2010

VISTO: el Acta Acuerdo de fs. 01; y,
CONSIDERANDO:
Que el Programa Materno Infanto Juvenil del M.S.y D.S. representado por el Dr. Cesar A. Nelli y la Dirección de Salud, Promoción y Asistencia a la Comunidad de la Municipalidad de la Ciudad de Santiago del Estero representada por el Dr. Sebastian Vidable y por decisión del Sr. Ministro de Salud y Desarrollo Social Dr. Luis Cesar Martínez, adhieren a la firma del Acta Acuerdo en referencia al “Programa Nacional de Nutrición, Complementaria Alimentaria, Distribución de Leche Fortificada”;
Que mediante la misma el Programa Materno Infanto Juvenil del M.S. y D.S. se compromete a la entrega de 250 kg. de leche entera fortificada para las CAPS “Los Lagos” y “Nuestra Sra. Del Rosario de San Nicolás - Bº Juan Díaz de Solís, por un periodo de vigencia de 6 meses y la Dirección de Salud, Promoción y Asistencia a la Comunidad de la Municipalidad de la Ciudad, se compromete a elevar mensualmente la rendición nominalizada del destino de este insumo;
Por ello;
EL MINISTRO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL RESUELVE:

Artículo 1º.- Apruébase en todas sus partes el Acta Acuerdo celebrada entre el Programa Materno Infanto Juvenil del M.S. y D. representado por el Dr. Cesar A. Nelli y la Dirección de Salud, Promoción y Asistencia a la Comunidad de la Municipalidad de la Ciudad de Santiago del Estero representada por el Dr. Sebastian Vidable, en referencia al Programa Nacional de Nutrición, Complementaria Alimentaria, Distribución de Leche Fortificada.-
Art. 2º.- La presente Resolución Ministerial deberá ser refrendada por el Sr. Intendente de la Municipalidad de la Capital de Santiago del Estero, a sus efectos.-
Art. 3º.- Hágase saber a la Subsecretaría de Salud, al Programa Materno Infanto Juvenil del M.S. y D.S., Dirección de Atención Primaria para la Salud, a sus efectos.-
Art. 4º.- Regístrese, comuníquese a quien corresponda y oportunamente archívese.-
Dr. Luis César Martínez

ANEXO
Enlace a la presente resolución incluyendo el texto completo de sus respectivos anexos desde aquí

Copyright © BIREME  Contáctenos