LEY 3355
PODER LEGISLATIVO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ


 
Sistema de Protección Integral para Personas Trasplantadas. Adhiere a ley 26928.
Sanción: 24/04/2014; Promulgación: 16/05/2014; Boletín Oficial 24/06/2014.

El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fuerza de Ley:

Artículo 1°.- ADHIÉRASE la provincia de Santa Cruz a la Ley Nacional 26.928, por la cual se establece la Creación del Sistema de Protección Integral para Personas Trasplantadas.
Art. 2°.- La Autoridad de Aplicación de esta ley será el Ministerio de Salud de la Provincia, quien coordinará su accionar con el Ministerio de Salud de la Nación y demás organismos competentes, para la efectiva implementación de la presente ley.
Art. 3°.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
Esc. Fernando Fabio Cotillo; Pablo Enrique Noguera.


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