RESOLUCION 3/2015
MINISTERIO DE SALUD


 
Protocolo Unificado para la Selección de Donantes de Sangre en la Provincia de Córdoba.
Del: 06/01/2015; Boletín Oficial: 12/03/2015

VISTO: Las actuaciones obrantes en Nota Nro. MS01-806761025014, relacionadas con la solicitud efectuada por la Jefa del Dpto. del Sistema Provincial de Sangre, dependiente de la Secretaria de Prevención y Promoción de la Salud de esta jurisdicción ministerial, mediante la cual solicita la aprobación del Protocolo Unificado para la Selección de Donantes de Sangre en la Provincia de Córdoba.
Y CONSIDERANDO:
Que la propuesta se basa en la unificación de criterios de selección de donantes en lo que respecta a: Información Pre Donación, Entrevista Personal, Instructivo para la orientación del Profesional entrevistador e Instrucciones Post-Donación.
Que la gestión propiciada tiene por objeto brindar una herramienta de trabajo actualizada para la especialidad, simplificando la tarea sin perjuicio de mantener la seguridad en la calidad de los productos obtenidos.
Que la propuesta de autos permitirá brindar la misma información, tanto en el ámbito Público como en el Privado, fortaleciendo el Programa Sangre Segura en la Provincia.
Que las modificaciones efectuadas para la unificación de que se trata, han sido realizadas por la Comisión Provincial de Sangre, integrada por representantes de Asociaciones Científicas, ámbito Privado, Universidad Nacional de Córdoba(UNC), Municipalidad de Córdoba, ámbito Público, y consensuadas en la última Jornada Cordobesa de Medicina Transfusional, realizada en nuestra Ciudad el pasado mes de junio del corriente año.
Que el presente trabajo se ha efectuado en el marco de las atribuciones conferidas mediante ley Provincial de Sangre N° 8241 y su Decreto Reglamentario N° 631/97, y respetando los lineamientos trazados por la misma.
Por ello, en uso sus atribuciones, y lo informado por la Secretaría de Prevención y Promoción de la Salud,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:

Artículo 1°- APRUÉBASE a partir de la fecha el PROTOCOLO UNIFICADO PARA LA SELECCIÓN DE DONANTES DE SANGRE EN LA PROVINCIA DE CÓRDOBA el que como Anexo I, compuesto de SEIS (6) fojas, forma parte integrante del presente Instrumento Legal.
Art. 2°- DISPONESE que en el plazo de 60 días contados a partir de la efectiva publicación de la presente, los distintos Servicios o Unidades de Organización, deberán efectuar las modificaciones que fueran menester para dar efectivo cumplimiento a lo aprobado en el Apartado primero de esta resolución ministerial.
Art. 3°- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Francisco José Fortuna

ANEXO
Enlace al texto completo de su respectivo anexo desde aquí.

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