DECRETO 3667/2014
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS


 
Programa de Prevención y Abordaje de la Temática Violencia.
Del: 20/10/2014; Boletín Oficial: 14/01/2015

VISTO:
El Decreto N° 5426/07 M.S.A.S.; y
CONSIDERANDO:
Que por el mencionado Decreto se ratificaron las Resoluciones N°3933/04 SS, su rectificatoria N° 4547/04 SS y sus ampliatorias N° 1134/05 SS y N° 2727/06 SS, por las cuales se reconoció la realización del Programa de Prevención y Abordaje de la Temática Violencia, como así también su continuidad para los años siguientes;
Que de acuerdo a lo informando en autos, la injerencia del Programa de Prevención y Abordaje de la temática Violencia Social, se ha modificado debido a la complejidad de la temática abordada, en relación a la distribución operativa;
Que de acuerdo a lo antes expuesto, es procedente ampliar el Decreto N° 5426/07 M.S.A.S., incorporando al mencionado Texto Normativo, las funciones específicas del mencionado Programa;
Por ello,
El Gobernador de la Provincia decreta:

Artículo 1º- Amplíase el Decreto N° 5426/07 M.S.A.S. mediante el cual se ratificaron las Resoluciones N° 3933/04 SS, su rectificatoria N° 4547/04 SS y sus ampliatorias N° 1134/05 SS y N° 2727/06 SS, por las que se reconoció la realización del Programa de Prevención y Abordaje de la Temática Violencia, como así también su continuidad para los años siguientes, incorporando al mencionado Decreto las funciones específicas de dicho Programa a saber:
Recepción, Abordaje, asistencia y seguimiento del grupo familiar, habiendo personas mayores de 18 años, en situación de violencia (Ley Provincial 9198- Violencia Familiar).-
Asesoramiento y abordaje terapéutico en hechos de violencia laboral, institucional, escolar.-
Asistencia Terapéutica individual a víctimas y agresores (enmarcados en la Ley Provincial 9198).-
Grupos terapéuticos de hombres.-
Grupos terapéuticos de mujeres.-
Grupos terapéuticos de adultos mayores en situación de violencia.-
Seguimientos sistematizados y visitas domiciliarias.-
Estimulación de las acciones de prevención a través de Talleres de prevención, detección precoz y abordaje interdisciplinario en todo el territorio provincial.-
Evaluación de los factores de riesgo en la comunidad que inciden en esta problemática, a través de los datos estadísticos (cuantitativos y cualitativos).-
Articulación interinstitucional en todo el territorio provincial.-
Planificación, actualización y evaluación de acciones de prevención y asistencia en la provincia.-
Capacitación a los agentes que se desempeñan en los diferentes efectores de salud de la Provincia, en los distintos niveles de atención.-
Art. 2º- El presente Decreto será refrendado por el SR. MINISTRO SECRETARIO DE ESTADO DE SALUD.-
Art. 3º- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Urribarri; Bahl


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