DECRETO 433/2015
PODER EJECUTIVO PROVINCIAL (PEP)


 
Ratifícase en todas sus partes el Protocolo de Actuación sobre la Trata de Personas.
Del: 19/05/2015; Boletín Oficial 05/05/2015.

VISTO:
El Expediente N° 200-0163-15, registro del Ministerio de Gobierno; y
CONSIDERANDO:
Que a través del expediente de referencia se gestiona la ratificación del Protocolo de Actuación sobre la Trata de Personas, celebrado entre el Señor Gobernador de la Provincia de San Juan Ing. José Luis GIOJA, el Señor Subsecretario de Fiscalización del Trabajo y de la Seguridad Social del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, Dr. Guillermo Alonso NAVONE, El Señor Fiscal General Coordinador de Distrito, Dr. Francisco MALDONADO, el Gerente de Gestión y Políticas Territoriales del Registro Nacional de Trabajadores y Empleadores Agrarios, Dr. Lucas AGUILERA, Señor Ministro de Gobierno de la Provincia de San Juan Dr. Carlos Adrián CUEVAS y el Ministro de Desarrollo Humano de la Provincia de San Juan Señor Daniel MOLINA, suscripto en la Provincia de San Juan el 27 de Febrero de 2.015.
Que el citado Protocolo de Actuación se aplicará para los casos de rescate de víctimas del delito de trata de personas durante el curso de un procedimiento de rutina de los Organismo Públicos Nacionales o Provinciales citados ut supra, conforme los alcances de las Leyes N° 26.364 y N° 26.842, en cumplimiento de órdenes judiciales o en operativos de fiscalización de rutina y con el apoyo de la Dirección para Personas en Riesgo Social, Organismo dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano y Promoción Social de San Juan; y en caso de procedimientos originados por denuncias y/o inteligencia inspectiva donde se presume la posibilidad de encontrar a víctimas extranjeras, se procurará poner en conocimiento a la Dirección Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior de la Nación.
Que de acuerdo al Artículo 189° inciso 9º de la Constitución Provincial el Poder Ejecutivo celebra Tratados con la Nación, los que deberán ser aprobados según lo establecido por el Artículo 150° Inc. 2° de la Constitución Provincial, por la Cámara de Diputados,
Que ha intervenido Asesoría Letrada del Ministerio de Gobierno.
Por ello:
El Gobernador de la Provincia decreta:

Artículo 1°.- Ratifícase en todas sus partes el Protocolo de Actuación sobre la Trata de Personas, celebrado entre el Señor Gobernador de la Provincia de San Juan Ing. José Luis GIOJA, el Señor Subsecretario de Fiscalización del Trabajo y de la Seguridad Social del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, Dr. Guillermo Alonso NAVONE, El Señor Fiscal General Coordinador de Distrito, Dr. Francisco MALDONADO, el Gerente de Gestión y Políticas Territoriales del Registro Nacional de Trabajadores y Empleadores Agrarios, Dr. Lucas AGUILERA, Señor Ministro de Gobierno de la Provincia de San Juan Dr. Carlos Adrián CUEVAS y el Ministro de Desarrollo Humano de la Provincia de San Juan Señor Daniel MOLINA, suscripto en la Provincia de San Juan el 27 de Febrero de 2.015, y que como Anexo forma parte integrante de la presente norma legal.
Art. 2°.- Remítase a la Cámara de Diputados de la Provincia para su aprobación, conforme Artículo 150° inciso 2° de la Constitución Provincial.
Art. 3°.- Comuníquese y dese al Boletín Oficial para su publicación.
Ing. José Luis Rioja; Dr. Carlos Adrián Cuevas.


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