DISPOSICIÓN 2818/2015
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (A.N.M.A.T.)


 
Prohíbese uso y comercialización en todo el territorio nacional de los productos domisanitarios elaborados por la firma bajo el nombre de Productos Químicos Salta.
Del: 14/04/2015; Boletín Oficial 20/04/2015.

VISTO el Expediente N° 1-47-1110-36-15-3 del Registro de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, y
CONSIDERANDO:
Que se inician las actuaciones referidas en el VISTO por las cuales la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud mediante informe 22-0315 puso en conocimiento de la Administración Nacional todo lo actuado con relación a la firma PRODUCTOS QUIMICOS SALTA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA con domicilio en la calle Cornejo N° 632 de la ciudad de Salta, provincia de Salta.
Que con fecha 11 de septiembre de 2014, personal de la Dirección interviniente, por Orden de Inspección 2014/726-DVS-210, concurrió al establecimiento mencionado con el fin de verificar el cumplimiento de Buenas Prácticas de Fabricación y Control de Productos de Uso Doméstico.
Que en tal oportunidad se observó que la firma elaboraba productos domisanitarios bajo el nombre de Productos Químicos Salta, los cuales no se encontraban registrados ni al momento de la inspección ni al momento de la emisión del informe, ante la Administración Nacional, los cuales se detallan a continuación: Sellador acrílico para pisos porosos, de cerámica, azulejos, granito, mármol, concreto Más Brillo, RNE 170030180, RNPUD en trámite; Polvo limpiador con Tensioactivos Más Brillo Desengrasante Desinfectante de Uso Múltiple RNE 170030180, RNPUD en trámite; Limpiador Cremoso Más Brillo, No Raya Bactericida, RNE 170030180, RNPUD E/T; Limpiador Concentrado para piso Más Brillo, Aromatizante, Desinfectante, Desengrasante, RNE 170030180, RNPUD 0250001 (variedades lavanda, cherry, cítrico, arpege, floral, pino y colonia); Detergente Concentrado biodegradable Más Brillo Ultra, RNPUD 0250003; Lavavajilla Biodegradable Más Brillo, Brillo instantáneo, RNE 170030180, RNPUD 250006; Detergente biodegradable Más Brillo Plus, RNE 170030180, RNPUD 0250003; Cera acrílica para pisos Más Brillo, resalta todos tus pisos, RNE 170030180, RNPUD en Trámite; Cera acrílica para pisos Más Brillo, resalta tus pisos rojos, RNPUD en Trámite; Desinfectante de ambientes y superficies Más Brillo, RNE 170030180, RNPUD en trámite; Silicona para interiores perfumada Más Brillo, RNE 170030180, RNPUD en trámite; Champú Siliconado Más Brillo RNE 170030180, RNPUD en trámite; Resaltador renovador de caucho Más brillo, RNE 170030180, RNPUD en trámite; Secuestrante de polvo Más Brillo Super, RNE 170030180, RNPUD en trámite; Secuestrante de polvo Más Brillo, RNE 170030180, RNPUD en trámite; Aromatizante de Ambiente Más Brillo concentrado, repuesto en spray para desodorizantes (variedad varias), RNE 170030180M; Acyd 28 Poderoso Desincrustante Acido de Uso Profesional, RNE 170030180; Sodyc 25 Poderoso Desengrasante Sódico de Uso Profesional, RNE 170030180; Cloro Líquido para aguas de piscinas Más Brillo, RNE 170030180, RNPUD en trámite; Hipoclorito de Sodio 100 gr cloro x litro Más Brillo, RNE 170030180, RNPUD en trámite; Insecticida Perfumado mata moscas y mosquitos, RNE 170030180, RNPUD en trámite; Cloro Pastillas Mas Brillo Tri Acción, RNE 170030180; Sulfato de Aluminio Más Brillo RNE 170030180.
Que seguidamente la Dirección informó que la firma no contaba con habilitación para la elaboración de productos insecticidas ante la Administración Nacional, sin embargo se encontraba elaborando un producto insecticida perfumado mata moscas y mosquitos.
Que en consecuencia, la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud sugirió iniciar el correspondiente sumario sanitario a la firma PRODUCTOS QUÍMICOS SALTA S.R.L., sita en la calle Martín Cornejo 632, de la ciudad de Salta, provincia de Salta, como titular de los productos y a su Director Técnico por los incumplimientos a la normativa sanitaria aplicable y notificar a la Autoridad Sanitaria Jurisdiccional, a sus efectos.
Que analizadas las constancias de autos y compartiendo lo sostenido por la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud, la firma infringiría el artículo 816 del Reglamento Alimentario aprobado por Decreto N° 141/53, la Resolución ex MS y AS N° 708/98 y N° 709/98 y la Disposición ANMAT N° 7292/98 que la reglamenta y sus modificatorias a través de las cuales se establece la creación del registro de los productos domisanitarios y se lo regula.
Que desde el punto de vista procedimental esta Administración Nacional resulta competente en las cuestiones que se ventilan en estos obrados en virtud de lo dispuesto por el artículo 3 inc. b) del Decreto N° 1490/92.
Que en virtud de las atribuciones conferidas por inciso n) y ñ) del artículo 8° y el inciso q) del artículo 10 del Decreto N° 1490/92 las medidas aconsejadas resultan ajustadas a derecho.
Que la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud y la Dirección General de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.
Que se actúa en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N° 1490/92 y por el Decreto N° 1886/14.
Por ello,
El Administrador Nacional de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica dispone:

Artículo 1°.- Prohíbese el 0uso y comercialización en todo el territorio nacional de los productos: Sellador acrílico para pisos porosos, de cerámica, azulejos, granito, mármol, concreto Más Brillo, RNE 170030180, RNPUD en trámite; Polvo limpiador Con Tensioactivos Más Brillo Desengrasante Desinfectante de Uso Múltiple RNE 170030180, RNPUD en trámite; Limpiador Cremoso Más Brillo, No Raya Bactericida, RNE 170030180, RNPUD E/T; Limpiador Concentrado para piso Más Brillo, Aromatizante, Desinfectante, Desengrasante, RNE 170030180, RNPUD 0250001 (variedades lavanda, cherry, cítrico, arpege, floral, pino y colonia); Detergente Concentrado biodegradable Más Brillo Ultra, RNPUD 0250003; Lavavajilla Biodegradable Más Brillo, Brillo instantáneo, RNE 170030180, RNPUD 250006; Detergente biodegradable Más Brillo Plus, RNE 170030180, RNPUD 0250003; Cera acrílica para pisos Más Brillo, resalta todos tus pisos, RNE 170030180, RNPUD en Trámite; Cera acrílica para pisos Más Brillo, resalta tus pisos rojos, RNPUD en Trámite; Desinfectante de ambientes y superficies Más Brillo, RNE 170030180, RNPUD en trámite; Silicona para interiores perfumada Más Brillo, RNE 170030180, RNPUD en trámite; Champú Siliconado Más Brillo RNE 170030180, RNPUD en trámite; Resaltador renovador de caucho Más brillo, RNE 170030180, RNPUD en trámite; Secuestrante de polvo Más Brillo Super, RNE 170030180, RNPUD en trámite; Secuestrante de polvo Más Brillo, RNE 170030180, RNPUD en trámite; Aromatizante de Ambiente Más Brillo concentrado, repuesto en spray para desodorizantes (variedad varias), RNE 170030180M; Acyd 28 Poderoso Desincrustante Acido de Uso Profesional, RNE 170030180; Sodyc 25 Poderoso Desengrasante Sódico de Uso Profesional, RNE 170030180; Cloro Líquido para aguas de piscinas Más Brillo, RNE 170030180, RNPUD en trámite; Hipoclorito de Sodio 100 gr cloro x litro Más Brillo, RNE 170030180, RNPUD en trámite; Insecticida Perfumado mata moscas y mosquitos, RNE 170030180, RNPUD en trámite; Cloro Pastillas Mas Brillo Tri Acción, RNE 170030180; Sulfato de Aluminio Mas Brillo RNE 170030180.
Art. 2°.- Instrúyase sumario sanitario a la firma PRODUCTOS QUÍMICOS SALTA S.R.L., con domicilio, sito en la calle Martín Cornejo N° 632, ciudad de Salta, provincia de Salta, y a quien ejerza su dirección técnica por la presunta infracción al artículo 816 del Decreto N° 141/53, a la Resolución ex MS y AS N° 708/98 y N° 709/98 y a la Disposición ANMAT N° 7292/98.
Art. 3°.- Regístrese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Comuníquese a la Autoridad Sanitaria de la Provincia de Salta, al resto de las autoridades sanitarias provinciales y a la del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección de Relaciones Institucionales y Regulación Publicitaria y póngase en conocimiento de la situación a la Dirección de Gestión de Información Técnica. Dése a la Dirección de Faltas Sanitarias de la Dirección General de Asuntos Jurídicos a sus efectos.
Rogelio López.


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