DECRETO ACUERDO 26/2014
PODER EJECUTIVO PROVINCIAL (P.E.P.)


 
Manual de Organización de la Secretaría de Estado de Prevención y Asistencia de las Adicciones.
Del: 04/07/2014; Boletín Oficial: 21/07/2014

VISTO, La Ley N° 8669 modificatoria de la Ley N° 8450, y
CONSIDERANDO:
Que por el citado instrumento legal, se incorpora una nueva competencia para el Ministerio de Desarrollo Social: la función de diseñar y ejecutar acciones preventivas y estratégicas en la comunidad, para un abordaje articulado de las adicciones;
Que este Poder Ejecutivo estima del caso que la actual Secretaría de Estado de Prevención y Asistencia de las Adiciones, pase a depender del Ministerio de Desarrollo Social a fin de lograr mayor efectividad en el cumplimiento de sus objetivos y líneas de acción;
Que en consecuencia debe adecuarse la estructura orgánica funcional de esta área de gobierno y sus misiones y funciones, habiendo intervenido a tal efecto la Dirección General de Organización y Métodos (fs. 4/13), Dirección General de Recursos Humanos (fs. 16) y Dirección General de Presupuesto (fs. 17);
Por ello, atento a lo dictaminado por Fiscalía de Estado a fs. 19 (Dictamen N° 1206 de fecha 23/06/2014), y en uso de las facultades conferidas.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN ACUERDO DE MINISTROS
DECRETA:

Artículo 1°.- Déjase establecido que, la Secretaría de Estado de Prevención y Asistencia de las Adicciones, pasará a tener dependencia jerárquica directa del Ministerio de Desarrollo Social.
Art. 2°.- Apruébase el Manual de Organización de la Secretaría de Estado de Prevención y Asistencia de las Adicciones, (Organigrama, Misión y Funciones) dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, el que como Anexo Único pasa a formar parte del presente Decreto Acuerdo, derogándose toda disposición que se oponga al presente.
Art. 3°.- Facúltase a la Secretaría de Estado de Hacienda a efectuar las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto Acuerdo.
Art. 4°.- El presente Decreto Acuerdo será refrendado por los señores Ministros de Gobierno y Justicia, de Economía, de Desarrollo Social, de Salud Pública, de Desarrollo Productivo, de Seguridad Ciudadana, de Educación y de Interior.
Art. 5°.- Dese al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
José Jorge Alperovich

ANEXO UNICO
I.- Denominación de la Unidad: SECRETARÍA DE ESTADO DE PREVENCIÓN Y ASISTENCIA DE LAS ADICCIONES
II.- Dependencia Jerárquica: Ministerio de Desarrollo Social
III.- Misión: Entender, promover, planificar, evaluar y coordinar acciones referidas a la prevención y asistencia de la problemática adictiva, en todos sus niveles, entendiendo a la misma como una cuestión social, global, policausal, a través de la acción conjunta con organismos públicos y privados, y enmarcada dentro de los lineamientos estratégicos adoptados por el gobierno provincial.
IV.- Funciones:
1) Asistir al Poder Ejecutivo en los asuntos de su competencia, según lo establecido en la Ley de Ministerios.
2) Promover la elaboración, ejecución y evaluación de programas y proyectos preventivos comunitarios autogestionados, de la problemática adictiva (con y sin sustancias), en el marco de los lineamientos estratégicos adoptados por el estado nacional y provincial.
3) Articular con los diferentes Ministerios y/o Secretarías de Estados, para entender y dar respuestas integrales a las demandas referidas a la problemática adictiva, en todo el territorio de la Provincia.
4) Propiciar el aprovechamiento de las redes intersectoriales e institucionales públicas o privadas existentes, para el abordaje de la problemática y sostenimiento de los programas comunitarios.
5) Proponer la celebración de convenios con organismos públicos y privados que atiendan la problemática relacionada con el consumo adictivo de sustancias.
6) Supervisar el desarrollo de los diferentes programas y acciones iniciadas, a los efectos de controlar que se haya dado la respuesta integral, a las demandas planteadas.
7) Producir información de la planificación y resultados estadísticos sobre la casuística que se atiende, para la toma de decisiones referentes a la prevención y asistencia de la problemática de consumo adictivo.
8) Entender en la capacitación del personal de los diferentes organismos públicos en lo referido a la prevención en todos los niveles de la problemática adictiva.
9) Coordinar con los organismos que correspondan, campañas de difusión y concientización entre la población en general, sobre la problemática adictiva.
10) Supervisar la correcta aplicación de las normas legales y reglamentarias en el ámbito de su competencia.
11) Representar a la Provincia ante los organismos dedicados a los temas específicos de su competencia, ya sean estos públicos o privados, gubernamentales y/o no gubernamentales, Nacionales e Internacionales, cuando le sea encomendado.
I.- Denominación de la Unidad:
DIRECCIÓN DE PREVENCIÓN
II. - Dependencia Jerárquica:
Secretaría de Estado de Prevención y Asistencia de las Adicciones
III.- Misión:
Proponer, planificar, ejecutar, coordinar y evaluar, los planes, programas y acciones de prevención en el ámbito de la problemática adictiva, conforme a los lineamientos estratégicos de la Superioridad.
IV.- Funciones:
1) Propiciar y asesorar para el protagonismo de las distintas comunidades de la Provincia, la elaboración y ejecución de proyectos participativos y autogestivos vinculados a la problemática.
2) Favorecer la ejecución y articulación a nivel provincial de los distintos programas nacionales pertinentes.
3) Propiciar y articular la existencia y funcionamiento de dispositivos preventivos, tendientes a la participación de la comunidad en el ámbito de la problemática adictiva.
4) Fomentar el aprovechamiento de las redes intersectoriales e interinstitucionales existentes para el abordaje de la mencionada problemática.
5) Capacitar a personas pertenecientes a los distintos organismos y dispositivos existentes, en lo referido a la prevención de la problemática adictiva.
6) Evaluar los diferentes programas implementados, con el fin de constatar que se haya dado respuesta a las demandas planteadas.
7) Ejecutar los convenios con entidades públicas o privadas para la implementación de programas de prevención contra las adicciones.
I.- Denominación de la Unidad:
CENTROS PREVENTIVOS
II.- Dependencia Jerárquica:
Dirección de Prevención
III.- Funciones:
1) Desarrollar, gestionar y dirigir espacios de encuentro, contención y recreación, como así también de elaboración, ejecución y evaluación de actividades preventivas comunitarias.
2) Implementar las acciones de los planes y programas en materia de su competencia.
3) Organizar las prestaciones técnicas y profesionales interdisciplinarias, en relación a las actividades que se desarrollan en la institución.
4) Promover la articulación de actividades de los distintos dispositivos existentes en la zona en la que se encuentran, para efectivizar las acciones preventivas relacionadas con la problemática adictiva.
5) Producir y elevar información a la Superioridad de las actividades de todos los componentes institucionales de funcionamiento.
I - Denominación de la Unidad:
DEPARTAMENTO ACCIÓN PREVENTIVA COMUNITARIA
II.- Dependencia Jerárquica:
Dirección de Prevención
III.- Funciones:
1) Ejecutar actividades preventivas comunitarias en la temática de adicciones, de acuerdo a los requerimientos de la Dirección.
2) Participar en la ejecución de actividades relacionadas con la prevención de adicciones, articulando operativamente con otros sectores internos afines y de otros organismos.
3) Producir registros y seguimiento de la implementación de los programas y actividades de prevención comunitaria de las adicciones, en los distintos ámbitos donde se desarrollan.
4) Elevar informes de su competencia a la Dirección.
I.- Denominación de la Unidad:
DIRECCIÓN DE ASISTENCIA
II.- Dependencia Jerárquica:
Secretaría de Estado de Prevención y Asistencia de las Adicciones
III.- Misión:
Proponer, planificar, ejecutar, coordinar y evaluar planes, programas y acciones de asistencia terapéutica integral de la persona con problemática adictiva, conforme a los lineamientos estratégicos de la Superioridad.
IV.- Funciones:
1) Planificar, coordinar y realizar prestaciones ambulatorias médico-clínicas, de psicología y psicoterapia, en centros de atención propios, en sus diversas modalidades, a personas afectadas por el consumo de sustancias psicoactivas adictivas.
2) Ofrecer servicios de asesoramiento y atención dirigidos a la familia, convivientes o allegados de las personas con problemática adictiva.
3) Coordinar y gestionar los convenios con instituciones públicas y privadas que atiendan la problemática adictiva, y controlar las prestaciones efectuadas.
4) Propiciar el diagnóstico, tratamiento y seguimiento para la permanencia laboral, de las personas con problemática adictiva, o en etapa de reinserción socio laboral.
5) Capacitar a actores sociales, en lo referido a la atención de la persona con problemática adictiva.
6) Ejercer el control de gestión y evaluación permanente de los servicios de asistencia, en sus distintas modalidades, sean propios o derivados de convenios.
I.- Denominación de la Unidad:
CENTROS DE DÍA
II.- Dependencia Jerárquica:
Dirección de Asistencia
III.- Funciones:
1) Brindar el servicio de primera escucha, contención y acogimiento por parte de un equipo multidisciplinario de la persona y/o su grupo familiar de origen o sustituto, en situación de consumo de sustancias psicoactivas adictivas.
2) Organizar, supervisar y desarrollar los equipos interdisciplinarios y las distintas fases del programa educativo terapéutico, para la persona en situación de consumo de sustancias psicoactivas adictivas.
3) Articular sus actividades con otras instituciones y con la comunidad, para el aprovechamiento de otros programas y actividades sociales, estatales o privados pertinentes.
4) Organizar, programar, desarrollar y supervisar los distintos espacios institucionales de actividades interdisciplinarias.
5) Elevar informes de su competencia a la Dirección.
I.- Denominación de la Unidad:
CENTRO DE REFERENCIA EN ADICCIONES (CREA)
II.- Dependencia Jerárquica:
Dirección de Asistencia
III.- Funciones:
1) Brindar el servicio de primera escucha, contención y acogimiento por parte de un equipo multidisciplinario, de la persona y/o su grupo familiar de origen o sustituto, en situación de consumo de sustancias psicoactivas adictivas.
2) Implementar las diferentes fases del tratamiento médico terapéutico integral ambulatorio, mediante un protocolo establecido a tal efecto.
3) Realizar el abordaje familiar e integral en dispositivos específicos y abiertos a la comunidad.
4) Registrar las intervenciones y seguimiento de los casos atendidos, elevando informes a la Superioridad.
5) Crear y fortalecer redes de comunicación y gestión, que faciliten una articulación interinstitucional y comunitaria, para el aprovechamiento de otros programas y actividades sociales, estatales o privados pertinentes.
6) Organizar, supervisar y desarrollar los equipos interdisciplinarios del Centro.
I.- Denominación de la Unidad:
SUBDIRECION DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
II.- Dependencia Jerárquica:
Secretaría de Estado de Prevención y Asistencia de las Adicciones
III.- Funciones:
1) Atender el despacho diario del ámbito de la Secretaría de Estado de Prevención y Asistencia de las Adicciones.
2) Confeccionar las disposiciones, normativas, resoluciones, comunicaciones, citaciones y notas en general que requiera la Superioridad.
3) Entender en los servicios de mesa de entradas y salidas de la Secretaría de Estado.
4) Asesorar a la Superioridad sobre la interpretación de normas legales e intervenir en requerimientos judiciales, como también en trámites de carácter general.
5) Llevar un registro de los archivos de expedientes, notas, correspondencia, actos administrativos y demás documentación cuya custodia le sea encomendada.
6) Coordinar las actividades de apoyo en materia administrativa financiera, con el SAF pertinente.
7) Participar en la administración del economato y en las gestiones de compras.
8) Entender en la administración y custodia de los bienes patrimoniales asignados.
9) Realizar la administración del personal en el ámbito de su dependencia, y proporcionar al sector pertinente la información que corresponda, a los efectos de practicar la liquidación de haberes.
10) Supervisar las actividades de gestoría, servicios generales y choferes, en el ámbito de su competencia.

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