LEY 2734
PODER LEGISLATIVO DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA


 
RCP. Adhiere a ley 26835.
Sanción: 25/09/2013; Promulgación: 10/10/2013; Boletín Oficial: 15/11/2013

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:

Artículo 1°.- Adhiérase la provincia de La Pampa a los principios y disposiciones previstas por la Ley Nacional 26835, RCP-.-
Art. 2°.- Autorízase al Poder Ejecutivo de la provincia de La Pampa a designar la autoridad de aplicación en el ámbito provincial.-
Art. 3°.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley dentro del término de ciento veinte (120) días a partir de su promulgación.-
Art. 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
Norma Haydeé Durango; Varinia Lis Marin


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