RESOLUCION 1679/2014
MINISTERIO DE SALUD


 
Protección de Derechos de Sujetos en Investigaciones en Salud. Deroga resolución 1457/11.
Del: 06/11/2014; Boletín Oficial: 10/11/2014

VISTO:
La Ley Nº 3301, el Decreto N° 58/2011, las Resoluciones Nº 1457-MSGC-2011 y Nº 962-MSGC- 2014, el Expediente Electrónico Nº 13024211-MGEYA-DGDOIN-2014, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 3301 sobre Protección de Derechos de Sujetos en Investigaciones en Salud, establece el régimen para la actividad de investigación en salud con seres humanos;
Que por Decreto N° 58/2011 se aprobó la reglamentación de la Ley N° 3301 de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 de la misma;
Que el artículo 22 inciso 2 del Anexo I del Decreto Nº 58/2011 establece que el Director del Hospital en el que se lleve a cabo una investigación deberá estimar los gastos en los que incurrirá dicho hospital, si los hubiere;
Que, en ese sentido, la Resolución Nº 1457-MSGC/2011 estableció que la estimación de gastos en los que incurra un efector dependiente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, para la realización de una investigación se realizase conforme los valores del Nomenclador de Prestaciones de Salud multiplicados por el coeficiente 4;
Que por Resolución Nº 962-MSGC-2014 se aprobó la actualización de los valores del mencionado Nomenclador a los valores de mercado;
Que en consecuencia corresponde establecer que la estimación de gastos para la realización de una investigación se realice conforme a los valores del Nomenclador de Prestaciones de Salud aprobado por la Resolución Nº 962-MSGC-2014.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 25 y 21 de la Ley N° 3301 y el artículo 2 del Decreto N° 58/2011,
LA MINISTRA DE SALUD
RESUELVE

Artículo 1.- Establécese que la estimación de gastos en los que incurra un efector dependiente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, para la realización de una investigación deberá realizarse conforme los valores del Nomenclador de Prestaciones de Salud, aprobado por Resolución Nº 962-MSGC-2014 y/o norma que en el futuro la reemplace.
Art. 2.- Derógase la Resolución Nº 1457-MSGC/2011.
Art. 3.- Publíquese. Para su conocimiento y demás efectos gírese a la Subsecretaría de Atención Integrada de Salud, Subsecretaría de Planificación Sanitaria y a la Dirección General de Docencia e Investigación. Cumplido, archívese.
Reybaud


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