LEY 9563
PODER LEGISLATIVO DE LA PROVINCIA DE LA RIOJA


 
Convenio de Cooperación y Adhesión al Plan Integral Mujeres BA por la Paz - Maltrato Cero.
Sanción: 03/07/2014; Promulgación: 05/08/2014; Boletín Oficial: 23/09/2014

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:

Artículo 1°.- Ratifícase el Convenio de Cooperación y Adhesión al Plan Integral Mujeres BA por la Paz - Maltrato Cero, entre la señora Ministra de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y Presidenta del Consejo Provincial de las Mujeres, Arq. Cristina Alvarez Rodríguez, y el señor Ministro de Gobierno, Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Provincia de La Rioja, Dr. Claudio Saúl.
Art. 2°.- El Convenio de Cooperación y Adhesión al Plan Integral Mujeres BA por la Paz - Maltrato Cero y el Anexo I “Plan Integral Mujeres BA por la Paz - Maltrato Cero”, forman parte del presente como Anexo.
Art. 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Luis Bernardo Orquera; Jorge Raúl Machicote

ANEXO
Convenio de Cooperación y Adhesión al Plan Integral Mujeres BA por la Paz - Maltrato Cero entre el Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y el Ministerio de Gobierno, Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Provincia de La Rioja En la ciudad de La Rioja, a los 17 días del mes de mayo de 2014, se encuentran reunidos la señora Ministra de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y Presidenta del Consejo Provincial de las Mujeres, Arq. Cristina Alvarez Rodríguez, y el señor Ministro de Gobierno, Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Provincia de La Rioja, Dr. Claudio Saúl, y acuerdan celebrar el presente Convenio de Cooperación y Adhesión con la finalidad de llevar a cabo actividades comunes que propendan a la mejor difusión y aplicación de las políticas públicas en materia de Violencia de Género.
Marco General:
La provincia de Buenos Aires, a través del Consejo Provincial de las Mujeres -Organismo dependiente del Ministerio de Gobierno-, se ha propuesto desarrollar políticas integrales que impulsen y fomenten la prevención y erradicación de la violencia de género como toda conducta, acción u omisión que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como el privado, basada en una relación de poder, afecte la vida, la libertad, la dignidad, la integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como también la seguridad personal.
En ese sentido, se creó el “Plan Integral Mujeres BA por la Paz - Maltrato Cero” aprobado por Resolución N° 44/13 del Ministerio de Gobierno (en adelante Plan Integral), que tiene como objeto construir compromisos políticos para llevar adelante acciones conjuntas e integrales contra la violencia de género, la trata de personas y todo tipo de discriminación y/o maltrato, a partir de una concepción transversal, integral y estratégica de la perspectiva de género.
Que las partes firmantes, en el convencimiento que deben trabajar en conjunto en pos de la implementación del Plan Integral, acuerdan:
Primero: Adhesión. La provincia de La Rioja adhiere al Plan Integral “Mujeres BA por la Paz - Maltrato Cero”, que como Anexo I forma parte integrante del presente.
Segundo: Acuerdo. General. Las partes acuerdan expresamente impulsar institucionalmente el Plan Integral a los fines de incorporar la perspectiva de género en las políticas de gobierno locales, como también difundir las acciones que en el marco del Plan se implementen.
Tercero: Acciones de Cooperación. Las Partes acuerdan la prestación recíproca de cooperación en las acciones que concurran al cumplimiento del acuerdo general señalado en la cláusula precedente, incluyendo como principales líneas de trabajo la Violencia de Género, la Trata de Personas y Juventudes, desde un enfoque de género.
Cuarto: Prestaciones. Las partes se comprometen a intercambiar toda documentación escrita, gráfica y/o audiovisual, estadísticas, y todo otro elemento relacionado con el Plan Integral y a las acciones que se desarrollen.
Quinto: Implementación. Las acciones a que dé lugar el presente Convenio de Cooperación, serán instrumentadas mediante protocolos adicionales en los que quedarán formulados los objetivos, detalles operativos y duración de los Planes de Trabajo e Intercambio, pudiendo ser celebrados por los Funcionarios de cada una de las Provincias signatarias en que se delegue tal cometido.
En prueba de conformidad, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha arriba indicados.
Dr. Claudio Nicolás Saúl - Ministro de Gobierno, Justicia, Seguridad y Derechos Humanos Provincia de La Rioja
Dr. Luis Beder Herrera - Gobernador de la Provincia de La Rioja
Arq. Cristina Alvarez Rodríguez - Ministra de Gobierno y Presidenta del Consejo Provincial de las Mujeres Provincia de Buenos Aires
Anexo I
Plan Integral Mujeres BA por la Paz Maltrato Cero En el marco de una política provincial que impulsa y fomenta la prevención y erradicación de la violencia de género entendida como conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal, desde el Ministerio de Gobierno a través del CPM se propone la implementación del Plan Integral Maltrato Cero.
A través del mismo, se desarrollarán actividades en conjunto con los organismos provinciales, municipales y organizaciones de la comunidad, a los fines de fortalecer, promover y ejecutar líneas de acción comprometidas con la igualdad y tendientes al logro de la equidad y justicia de género.
Se trata de fomentar la intervención y compromiso de la población a través de la participación, diseño e implementación de proyectos de interés que contemplen una mirada integral de la problemática de violencia de género.
Antecedentes
El reconocimiento de la situación de desigualdad y opresión de la mujer a lo largo de la historia, dio lugar a la incorporación de las demandas de igualdad en las legislaciones. En la mayoría de los casos las condiciones laborales fueron el puntapié para que las mujeres comenzaran a organizarse. Las primeras consignas estaban asociadas al derecho al voto, otros derechos políticos y civiles, derecho a la educación, la propiedad y la tierra.
En el sistema Integral de Promoción y Protección de derechos de las mujeres están incluidos la Convención para eliminar todas las formas de discriminación hacia la Mujer (CEDAW - 1979-) y la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la Mujer Belem do Pará (1994), a través de las mismas el Estado asume el compromiso de impulsar normas y políticas destinadas a prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres.
El estado argentino en 1997 sanciona la Ley Nacional N° 24.417 de Protección contra la Violencia Familiar que invita a las provincias a dictar normas similares, fructificó en la sanción de la Ley Provincial N° 12.569.
En el 2009 se sanciona de la Ley N° 26.485 que no se limita a proteger a las mujeres de la violencia doméstica sino que contempla la violencia de género en sus diversas formas (física, psicológica, sexual, simbólica, económica y patrimonial) y modalidades (doméstica, institucional, laboral, contra la libertad reproductiva, mediática y obstétrica). Esta norma no deroga sino que complementa las leyes locales.
Pueden señalarse entre las medidas adoptadas por el Estado Provincial tendientes a combatir la violencia contra las mujeres las siguientes:
Ley N° 12.764 (20/09/2001) Establece la prohibición y sanción a funcionarios y/o empleados estatales de ejercer sobre otras conductas de acoso sexual.
Ley N° 12.807 (15/11/2001) Establece la obligación del Estado de emprender acciones dirigidas a la prevención del abuso sexual contra niños y niñas en el territorio de la Provincia.
Decreto N° 2875/05 Reglamenta la Ley N° 12.569.
Establece la conformación de una Red Provincial de Prevención y Atención a la creación del Programa Provincial contra Violencia Familiar en el Ministerio de Desarrollo Social.
Resolución N° 3435/04 del Ministerio de Seguridad se incorpora y aprueba en el ámbito del Ministerio, la estructura organizativa de la Dirección General de Coordinación de Políticas de Género, encargada de diseñar planes y programas de atención de las unidades policiales para la debida asistencia de personas víctimas en problemáticas vinculadas al género.
Resolución N° 304/07 del Ministerio de Salud.
Aprueba el Programa Provincial de Salud para la Prevención de la Violencia Familiar y Sexual y la Asistencia a las Víctimas. Incluye los protocolos de: Detección y Asistencia a las víctimas de maltrato; Acción ante víctimas de violación;
Detección e intervención en situaciones de maltrato infantil desde el Sistema de Salud; Aborto no punible.
Resolución N° 137/08 de la Secretaría de Derechos Humanos. Crea el Programa de Atención a Mujeres Víctimas de Violencia (AVM) como parte del Sistema Integrado Provincial para la Prevención y Atención de la Violencia Familiar, con el fin de implementar un primer nivel de atención y contención desde un servicio telefónico de 24 horas y de coordinar y articular los recursos del Estado provincial, municipal y las organizaciones sociales, para orientar y asistir a las mujeres en situación de violencia.
Resolución N° 1395/10 del Ministerio de Salud.
Crea el Area Políticas de Género cuyo fin es la adopción de un enfoque de derechos y de género en los servicios de la salud.
Se traspasa a su órbita el Programa de Salud Sexual y Reproductiva que antes era un subprograma dentro del Area Materno Infantil.
El 29 de noviembre del 2012 se sanciona la modificación de la Ley N° 12.569 a los fines de adecuar el procedimiento de acción, ante los casos de violencia, acorde a la Ley Nacional N° 26.485.
El 18 de octubre del 2012 el Senado y la Cámara de Diputados de Buenos Aires, sancionaron la Ley N° 14.407 de Emergencia Pública en materia social por violencia de género con el objetivo primordial de paliar y revertir el número de víctimas por violencia de género en el territorio de la provincia de Buenos Aires.
El programa Maltrato Cero se enmarca en el Artículo 4º de la mencionada ley, que dispone que el “Poder Ejecutivo Provincial, a través del Consejo Provincial de las Mujeres y de las demás áreas competentes, adoptarán y dictarán las medidas necesarias y urgentes para la implementación de la Ley N° 14.407” (sic).
Fundamentación
Maltrato Cero implica un camino de lucha en los diversos territorios donde la inequidad de género se expresa:
En la salud, en la educación, en los medios de comunicación, en la familia, en la pareja, en el trabajo, en los espacios de participación e incluso en la calle.
Hablamos de maltrato para situar una palabra clara y amplia que nos permita visualizar a todas y todos los múltiples ámbitos y modalidades que asume la discriminación y la violencia hacia las mujeres, tanto en el mundo de lo privado como en la vida pública.
Pensamos en la palabra maltrato de forma tal de poner de manifiesto las diferentes formas de discriminación por motivos de género que sufrimos las mujeres. En ese sentido nos parece importante no desdibujar las formas específicas que asume la violencia familiar pero sin descuidar que la violencia y el maltrato hacia la mujer es vivido de muchas maneras y en distintos ámbitos que no son solo la familia o la pareja.
Buscamos compartir una mirada y una práctica en la que podamos cuestionar el lugar que las mujeres tenemos en la sociedad patriarcal y continuar el camino de desaprender la exclusión y la opresión y las experiencias de poder vividas como competencia, invisibilización y descalificación. Buscamos construir un compromiso político, que implique acciones directas en el mundo en el que vivimos, para erradicar todas las violencias y los maltratos por motivos de género.
Es tarea ineludible de la provincia de Buenos Aires, a través del Consejo Provincial de las Mujeres, trabajar por la erradicación de todas las Violencias. Por ello:
Promovemos la tolerancia CERO ante la corrupción y la convivencia con el delito de la Trata de Personas;
Trabajamos por el Maltrato Cero por motivos de género y
Apostamos a consolidar un trabajo con todas las Juventudes desde un enfoque de género, como motores del cambio y la transformación social.
Objetivos Generales
Promover desde el Gobierno Provincial, los Gobiernos Municipales, las organizaciones de la comunidad, las empresas y las universidades el compromiso político de llevar a cabo acciones directas contra la violencia de género y todo tipo de discriminación.
Construir una visión compartida del rol de la mujer en la sociedad, a partir de un análisis crítico de las desigualdades entre mujeres y varones.
Fomentar la adopción del enfoque de género como una concepción transversal integral y estratégica en las políticas públicas.
Objetivos Específicos
Afianzar y fortalecer la asistencia integral a las mujeres que padecen violencia.
Elaborar y difundir materiales didácticos de formación, prevención y difusión masiva.
Llevar adelante una Campaña contra la Violencia Obstétrica e impulsar la Ley Provincial de Parto respetado.
Remover estereotipos y patrones culturales discriminatorios sexistas.
Promover los derechos sexuales y reproductivos, y el cumplimiento de la Ley de Salud Sexual y Reproductiva.
Conformar una red de acuerdos entre gobierno, organizaciones de la comunidad y empresas, universidades y gobiernos provinciales a los fines de impulsar y promover la campaña Maltrato Cero.
Impulsar la creación del Registro Unico de Casos de mujeres víctimas de violencia en la Provincia de Buenos Aires.
Metodología e Implementación del Programa A Nivel Provincial
Acuerdos con distintos organismos del Ejecutivo Provincial para llevar adelante acciones específicas referidas a la problemática de violencia tomando como referencia los ámbitos y modalidades contemplados en la Ley N° 26.485.
Asistencia técnica y capacitación a diferentes organismos para fortalecer la adopción del enfoque de género en proyectos, programas y políticas públicas.
Convenios con Universidades Nacionales y Provinciales.
Convenios con Gobiernos Provinciales.
Construcción de alianzas Empresariales (RSE) y organizaciones de la comunidad que se sumen a la Campaña Maltrato Cero para la ejecución de distintos proyectos locales.
A Nivel Municipal
Acción en territorio con el Sostén Técnico del Consejo: Reuniones de referentes municipales, organizaciones de la sociedad civil y comunidad para delimitar líneas de acción hacia la comunidad sobre Violencia de Género.
Talleres/Capacitaciones/Encuentros/Jornadas sobre distintas problemáticas desde un enfoque de género.
Rúbrica de los convenios de adhesión al presente Programa, que implicará el compromiso por parte de los municipios de llevar adelante una o más acciones de las que contempla el programa Maltrato Cero.
A Nivel Comunicacional
Elaboración de materiales gráficos y audiovisuales para realizar una Campaña Mediática de Prevención de la Violencia de Género.
El concurso de fotografía “Maltrato CERO”, es una iniciativa que propone capturar a través de la lente de la cámara a las mujeres en la sociedad actual. Buscamos reflejar a las mujeres (sus prácticas, deseos, cuerpos e intereses) desde una perspectiva que cuestione los estereotipos de género y que transforme, denuncie y/o contrarreste la estética machista.
Apuntamos a la creación de imágenes que reinterpreten a las mujeres desde las sutilezas de su cotidianidad.
Construcción de la Biblioteca Virtual “Mujeres para Recordar”.
Intervenciones culturales. Con la colaboración de las Direcciones de Cultura de los Municipios, nos proponemos trabajar desde las distintas expresiones culturales, como la murga y el teatro callejero, la problemática de violencia de género. El objetivo es sensibilizar y comunicarnos a través de las actividades culturales promoviendo el compromiso de la comunidad para la prevención de la violencia.
Modalidad de Trabajo
La modalidad de trabajo contempla distintos tipos de dispositivos.
La articulación interinstitucional se lleva adelante mediante reuniones de trabajo y acuerdos institucionales para la ejecución de acciones.
La asistencia técnica y las tareas de fortalecimiento, se llevarán adelante en:
Talleres de reflexión que abordan diferentes temáticas asociadas a las problemáticas de violencia tomando como referencia los ámbitos y modalidades contemplados en la Ley N° 26.485.
Jornadas de Capacitación: Apuntando a la transmisión de metodologías para la transversalización del enfoque de género en la diagramación de proyectos.
A nivel comunicacional se prevé la participación comunitaria en la elaboración de los contenidos a partir de diagnósticos y encuestas participativas.
Localización
El programa se llevará adelante en todo el territorio de la provincia de La Rioja.
Resultados Esperados del Programa Se espera que a través de los acuerdos interinstitucionales que se realicen, sumado a las tareas de capacitación, asistencia técnica y fortalecimiento se logre:
Visibilización y sensibilización sobre la problemática de violencia hacia las mujeres.
Acciones acordes y eficaces de abordaje ante las situaciones de violencia que se presentan en el territorio.
Adopción del enfoque de género en proyectos, programas y políticas públicas.
Dr. Claudio Nicolás Saúl - Ministro de Gobierno, Justicia, Seguridad y Derechos Humanos Provincia de La Rioja
Dr. Luis Beder Herrera - Gobernador de la Provincia de La Rioja
Arq. Cristina Alvarez Rodríguez - Ministra de Gobierno y Presidenta del Consejo Provincial de las Mujeres Provincia de Buenos Aires

Copyright © BIREME  Contáctenos