LEY 7450
PODER LEGISLATIVO DE LA PROVINCIA DEL CHACO


 
Régimen de Trazabilidad y Verificación de Aptitud Técnica de los Productos Médicos Activos de Salud en Uso. Adhiere a ley 26906.
Sanción: 03/09/2014; Promulgación: 24/09/2014; Boletín Oficial: 01/10/2014

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DELA PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY

Artículo 1°: Adhiérese la Provincia a la ley nacional 26.906 -Régimen de Trazabilidad y Verificación de Aptitud Técnica de los Productos Médicos Activos de Salud en Uso-.
Art. 2°: El Ministerio de Salud Pública será la autoridad de aplicación en lo atinente al ámbito de competencia provincial.
Art. 3°: Facúltase al Poder Ejecutivo, para que a través del Ministerio de Salud Pública u organismo que designe al efecto, a suscribir convenios de cooperación y coordinación con organismos públicos nacionales, provinciales y municipales a fin de propiciar el fiel cumplimiento de lo dispuesto en la ley nacional 26.906 y en particular, para efectivizar lo dispuesto en el Capítulo VIII Sanciones, artículo 23 de la misma norma en la jurisdicción provincial.
Art. 4°: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Pablo L. D. Bosch; Darío Augusto Bacileff Ivanoff


Copyright © BIREME  Contáctenos