DECISIÓN ADMINISTRATIVA 409/2014
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS (J.G.M.)


 
Dase por aprobada contratación en la Superintendencia de Servicios de Salud.
Del: 22/05/2014; Boletín Oficial 28/05/2014.

VISTO el Expediente Nº 229818/2013 del registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 reglamentada por el Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002, el Decreto Nº 491 del 13 de marzo de 2002, el Decreto Nº 577 del 7 de agosto de 2003, modificado por los Decretos Nº 149 del 22 de febrero de 2007, Nº 1248 del 14 de septiembre de 2009, Nº 1318 del 29 de agosto de 2011 y Nº 485 del 2 de mayo de 2013, la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias y el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, y
CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones citadas en el Visto se tramita la aprobación del contrato suscripto con fecha 17 de junio de 2013, celebrado ad referéndum del Señor Jefe de Gabinete de Ministros, entre la titular de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD y el señor D. Jorge Daniel FERREYRA (D.N.I. Nº 22.608.070), de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº 2098/08 y con efectos al 1° de agosto de 2013 y hasta el 31 de diciembre de 2013.
Que por el artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1421/02 se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA Nº 48/02 y sus modificatorias, las pautas para la aplicación del mismo.
Que a fin de asegurar el normal funcionamiento del organismo resulta necesario proceder a la contratación de una (1) persona para desempeñarse como Delegado representante de la Delegación de la Provincia de Misiones, perteneciente a la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD.
Que la persona de que se trata, según surge de los actuados, se encuentra afectada exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9° del Anexo I del Decreto mencionado en primer término en el Visto.
Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, aprobado por el Decreto Nº 2098/08, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel A diversas exigencias.
Que a fin de posibilitar la contratación del señor D. Jorge Daniel FERREYRA (D.N.I. Nº 22.608.070) corresponde exceptuar al mismo de lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1421/02, a partir del 1° de agosto de 2013 y hasta el 31 de diciembre de 2013.
Que la persona cuya contratación se propone ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1° de agosto de 2013, por lo que procede solicitar la aprobación de la contratación con efectos a dicha fecha y hasta el 31 de diciembre de 2013.
Que los antecedentes curriculares del señor D. Jorge Daniel FERREYRA (D.N.I. Nº 22.608.070) resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas.
Que por el Decreto Nº 577/03 y sus modificatorios se dispuso que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491/02 y su reglamentación será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a PESOS DOCE MIL ($ 12.000.-).
Que la financiación de la contratación que por la presente se propicia será atendida con cargo a la partida específica de los créditos presupuestarios asignados a la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.895, correspondiente al ejercicio 2014.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, del último párrafo del artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, y el artículo 1° del Decreto Nº 577/03, y sus modificatorios.
Por ello,
El Jefe de Gabinete de Ministros decide:

Artículo 1°.- Dase por autorizada la excepción de las previsiones contenidas en el inciso c), punto II, del artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, al señor D. Jorge Daniel FERREYRA (D.N.I. Nº 22.608.070), al solo efecto de posibilitar su contratación en el ámbito de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, equiparado al Nivel A Grado 4, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (Decreto Nº 2098/08), a partir del 1° de agosto de 2013 y hasta el 31 de diciembre de 2013.
Art. 2°.- Dase por aprobada la contratación del señor D. Jorge Daniel FERREYRA (D.N.I. Nº 22.608.070) quien desarrolla sus funciones en la Delegación de la Provincia de Misiones, perteneciente a la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, desde el 1° de agosto de 2013 y hasta el 31 de diciembre de 2013, conforme a las condiciones, nivel y grado indicados en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente medida, de acuerdo con las previsiones del artículo 9° del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº 1421/02 y de la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA Nº 48/02 y sus modificatorias.
Art. 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a la partida específica: 1-1-2.80.00-914-50.00-01-1-8, SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, de conformidad con la Ley de Presupuesto para la Administración Nacional Nº 26.895, correspondiente al ejercicio 2014.
Art. 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Jorge M. Capitanich; Juan L. Manzur.

ANEXO I


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