VISTO las presentes actuaciones por las cuales se gestiona la aprobación del Convenio de Desarrollo y Ejecución del Programa de Sanidad Escolar, suscripto entre el Ministerio de Salud Pública de la Provincia de Salta, representado por el Señor Ministro, doctor Néstor Enrique Heredia y el Ministro de Salud de la Nación; representado por el Señor Ministro doctor Juan Luis Manzur, para la puesta en marcha del Programa de Sanidad Escolar en el territorio de la Provincia de Salta; y,
CONSIDERANDO:
Que dicho Convenio tiene como objetivo la evaluación clínica y odontológica de niños y niñas de 1º a 6º grado de educación primaria de las escuelas de la provincia, teniendo un alcance local, regional y nacional, que permita obtener un diagnostico que genere acciones de prevención, promoción de salud, tratamiento, que disminuya la morbimortalidad de estos niños, el que estará realizado por personal idóneo de la materia;
Que el Ministerio de Salud de la Nación financiara la ejecución del Convenio;
Que los organismos técnicos competentes del ministerio del rubro tomaron la intervención previa que les corresponde;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia de Salta
DECRETA:
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