RESOLUCION 45/2014
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD (S.S.Sal.)


 
Dése de baja a la Obra Social del Personal de Prensa de Mar del Plata del Registro de Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud para la Atención Médica de Jubilados y Pensionados, debiendo mantener su obligación respecto de aquellos beneficiarios que ya se encuentren afiliados.
Del: 07/02/2014; Boletín Oficial: 17/02/2014

VISTO el Expediente Nº 218.512/2012 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, los Decretos Nº 292 de fecha 14 de agosto de 1995 y Nº 492 de fecha 22 de septiembre de 1995 y la Resolución Nº 153 SSSALUD del 16 de octubre de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente del VISTO tramita la presentación efectuada por la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE PRENSA DE MAR DEL PLATA (RNOS 1-1770-2) quien peticiona se proceda a darle de baja del Registro de Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud para la Atención Médica de Jubilados y Pensionados.
Que al efecto, se acompaña copia certificada del Acta del Consejo Directivo de OSPREN, de fecha 10 de junio de 2012, por la cual se resuelve solicitar a este Organismo, la baja del mentado Registro; alegando un notorio desfinanciamiento de su sistema médico asistencial, debido al alto impacto que le genera la cobertura de la población de jubilados y pensionados, sumado al incremento de los costos de las prestaciones.
Que la entidad se encuentra inscripta en el marco de los Decretos Nº 292/95 y Nº 492/95, para atender a los beneficiarios mencionados en el art. 8° inc. b) de la Ley 23.660, en los términos de la Resolución Nº 153/98-SSSALUD.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos no formula objeciones a lo peticionado por el Agente del Seguro de Salud.
Que sin perjuicio de lo expuesto, la Obra Social deberá mantener su obligación respecto de aquellos beneficiarios que ya se encuentren afiliados.
Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos Nº 1615 de fecha 23 de diciembre de 1996 y Nº 1008 de fecha 2 de julio de 2012.
Por ello,
LA SUPERINTENDENTA DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:

Artículo 1° - Dése de baja a la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE PRENSA DE MAR DEL PLATA (RNOS 1-1770-2) del Registro de Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud para la Atención Médica de Jubilados y Pensionados, debiendo mantener su obligación respecto de aquellos beneficiarios que ya se encuentren afiliados.
Art. 2° - Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, pase al Registro Nacional de Obras Sociales para constancia en el legajo del Agente del Seguro de Salud y oportunamente, archívese.
Liliana Korenfeld


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