DECISIÓN ADMINISTRATIVA 63/2014
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS (J.G.M.)


 
Contratación en la Superintendencia de Servicios de Salud.
Del: 07/02/2014; Boletín Oficial 13/02/2014.

VISTO el Expediente Nº 234578/2013 del registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, los Decretos Nº 1615 del 23 de diciembre de 1996, Nº 1421 del 8 de agosto de 2002, Nº 577 del 7 de agosto de 2003, Nº 149 del 22 de febrero de 2007, Nº 1248 del 14 de septiembre de 2009, Nº 1318 del 29 de agosto de 2011, Nº 485 del 2 de mayo de 2013, Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA Nº 48 del 30 de diciembre de 2002, y
CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones citadas en el Visto se tramita la aprobación del contrato suscripto con fecha 25 de julio de 2013, celebrado ad referéndum del Señor Ministro de Salud, entre la titular de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD y D. Lucas SCHUH (D.N.I. Nº 28.032.591), de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº 2098/08 y con efectos al 01 de agosto de 2013 y hasta el 31 de diciembre de 2013.
Que por el artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1421/02 se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA Nº 48/02 y sus modificatorias, las pautas para la aplicación del mismo.
Que a fin de asegurar el normal funcionamiento del organismo resulta necesario proceder a la contratación de una (1) persona para desempeñarse en la Unidad Superintendencia de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD.
Que la persona de que se trata, según surge de los actuados, se encuentra afectada exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9° del Anexo I del Decreto mencionado en primer término en el Visto.
Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, aprobado por Decreto Nº 2098/08, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel D diversas exigencias.
Que a fin de posibilitar la contratación de dicha persona corresponde exceptuar a la misma, de lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1421/02, a partir del 01 de agosto de 2013 y hasta el 31 de diciembre de 2013.
Que los antecedentes curriculares de D. Lucas SCHUH (D.N.I. Nº 28.032.591), resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas.
Que la persona mencionada ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 01 de agosto de 2013, por lo que corresponde exceptuar a la misma de lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1421/02, a partir de dicha fecha y hasta el 31 de diciembre de 2013.
Que por el Decreto Nº 577/03 y sus modificatorios se dispuso toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491/02 y su reglamentación será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS DOCE MIL ($ 12.000.-).
Que la financiación de la contratación que por el presente se propicia será atendida con cargo a la partida específica de los créditos presupuestarios asignados a la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.895, correspondiente al ejercicio 2014.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, del último párrafo del artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, y el artículo 1° del Decreto Nº 577/03, y sus modificatorios.
Por ello,
El Jefe de Gabinete de Ministros decide:

Artículo 1º.- Dase por autorizada la excepción de las previsiones contenidas en el inciso c), punto II, del artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, a D. Lucas SCHUH (D.N.I. Nº 28.032.591), al solo efecto de posibilitar su contratación en el ámbito de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, equiparado al Nivel D Grado 0, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (Decreto Nº 2098/08), a partir del 01 de agosto de 2013 y hasta el 31 de diciembre de 2013.
Art. 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a la partida específica: 1-1-2.80.00-914-50.00-01-1-8, SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, de conformidad con la Ley de Presupuesto para la Administración Nacional Nº 26.895, correspondiente al ejercicio 2014.
Art. 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Jorge M. Capitanich; Juan L. Manzur.


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