LEY 13357
PODER LEGISLATIVO PROVINCIAL (P.L.P.)


 
Reproducción Médicamente Asistida. Adhiere a ley 26862.
Sanción: 19/09/2013; Promulgación: 29/10/2013; Boletín Oficial: 05/11/2013

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:

Artículo 1.- Adhiérese la Provincia de Santa Fe a la Ley Nacional Nº 26.862 de “Reproducción Médicamente Asistida”
Art. 2.- El Ministerio de Salud de la Provincia, o el que lo reemplace en el futuro, es la autoridad de aplicación de la presente, el que deberá instrumentar las medidas o acciones conducentes a garantizar la implementación de la ley en la Provincia de Santa Fe.
Art. 3.- Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a realizar las adecuaciones presupuestarias pertinentes para la aplicación de la presente ley.
Art. 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Luis Daniel; Jorge Henn; Jorge Raúl Hurani; Ricardo H. Paulichenco


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