RESOLUCION 2342/2013
MINISTERIO DE SALUD


 
Semana de la lactancia materna.
Del: 15/07/2013; Boletín Oficial: 21/11/2013

VISTO:
La Semana de la Lactancia Materna que se efectúa entre los días 1 y 7 de agosto de cada año; y
CONSIDERANDO:
Que dicha celebración es una estrategia de promoción y prevención de la salud que se ejecuta en más de 70 países, bajo la premisa de que amamantar es el mejor modo de proporcionar al recién nacido los nutrientes que necesita;
Que la Organización Mundial de la Salud recomienda iniciar la Lactancia Materna en la primera hora de vida y mantenerla como única forma de alimentación hasta seis (6) meses de vida, recomendando seguir con la misma hasta los dos (2) años como máximo o complementándola adecuadamente con otros alimentos inocuos;
Que amamantar produce ventajas para el niño vinculadas a una reducción del riesgo de infecciones gastrointestinales, y para la madre la pérdida de peso rápida tras el parto y un retraso del retorno de las menstruaciones;
Que la lactancia materna requiere aprendizaje y muchas mujeres tienen dificultades al principio, es que la Provincia ha adherido al lema fijado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) para este 2013: Apoyo a las madres que amamantan: cercano, continúe y oportuno;
Que es esencial la promoción y educación en materia de lactancia materna mediante la ejecución de acciones concretas en Hospitales y Centros de Salud de toda la Provincia que se encuentren bajo la órbita de este Ministerio, invitando a participar/adherir con actividades a los Municipios de la Provincia ya que la lactancia materna es una de las formas más eficaces de asegurar el crecimiento, desarrollo, salud y supervivencia de los niños;
Que con el objeto de que en la Provincia se puedan desarrollar diferentes actividades, es procedente que la semana del 1 al 7 de agosto se propenda a la realización de actividades promoviendo la lactancia materna que pueda extenderse durante todo el mes;
Por ello;
El Ministro Secretario de Estado de Salud
RESUELVE:

Artículo 1º- Declarar la semana de la lactancia materna comprendida entre el 1 y el 7 de agosto para la promoción y educación, a fin de propender la realización de acciones de promoción y educación en esta materia tanto en Hospitales como en centros de salud dependientes de este Ministerio, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos precedentes.
Art. 2º- Invitar a los Municipios de toda la Provincia, a través de la Dirección de Municipios Saludables, a unirse a las celebraciones de la semana de la Lactancia Materna, a llevarse a cabo en el mes de agosto del corriente año.
Art. 3º- Arbitrar los medios para la ejecución de fondos en pos de la realización de las actividades en terreno que se organicen en el marco de lo establecido en el artículo 1º de la presente resolución.
Art. 4º- Comunicar, publicar y archivar.
Hugo R. Cettour


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