RESOLUCION 1872/2012
MINISTERIO DE SALUD


 
Mes de la Lactancia Materna
Del: 16/07/2012; Boletín Oficial: 22/03/2013

VISTO:
La celebración de la Semana de la Lactancia Materna que se efectúa entre los días 1 y 7 de Agosto de cada año; y
CONSIDERANDO:
Que dicha celebración es una estrategia de promoción y prevención de la salud que se ejecuta en más de 170 países, bajo la premisa de que amamantar es el mejor modo de proporcionar al recién nacido los nutrientes que necesita;
Que la Organización Mundial de la Salud recomienda iniciar la Lactancia Materna en la primera hora de vida y mantenerla como única forma de alimentación hasta los seis meses de vida, recomendando seguir con la misma hasta los dos años como máximo, complementándola adecuadamente con otros alimentos inocuos;
Que amamantar produce ventajas para el niño vinculadas a una reducción del riesgo de infecciones gastrointestinales, y para la madre la pérdida de peso más rápida tras el parto y un retraso del retorno de las menstruaciones;
Que mediante Decreto Nº 2123/11 GOB, los Ministerios de Salud y de Comunicación y Cultura, han organizado un concurso fotográfico bajo el lema “Mi mamá me Amamanta”, el cual está dirigido a fotógrafos profesionales y aficionados de la Provincia, quienes deberán plasmar en sus trabajos el lazo madre-hijo durante el amamantamiento ya sea en el ámbito de la salud pública o privada;
Que en este contexto es esencial la promoción y educación en materia de lactancia materna mediante la ejecución de acciones concretas en Hospitales y Centros de Salud de toda la Provincia que se encuentren bajo la órbita de este Ministerio, invitando a participar con actividades propias a los Municipios de la Provincia ya que la lactancia materna es una de las formas más eficaces de asegurar el crecimiento, desarrollo, salud y supervivencia de los niños;
Que con el objeto de que en la Provincia se puedan desarrollar las diferentes actividades, es procedente declarar el mes de Agosto como el mes de la Lactancia Materna;
Por ello;
El Ministro Secretario de Estado de Salud
RESUELVE :

Artículo 1º: Declarar el mes de Agosto como el mes de la Lactancia Materna, a fin de propender a la realización de acciones de promoción y educación en materia de Lactancia Materna, tanto en Hospitales como en Centros de Salud dependientes de este Ministerio, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos precedentes.
Art. 2º: Invitar a los Municipios de toda la Provincia, a través de la Dirección de Municipios Saludables, a unirse a las celebraciones a llevarse a cabo en el mes de Agosto del corriente año.
Art. 3º: Arbitrar los medios para la ejecución de fondos en pos de la realización de las actividades en terreno que se organicen en el marco de lo establecido en Artículo 1º de la presente resolución.
Art. 4º: Comunicar, publicar y archivar.
Hugo R. Cettour


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