LEY 3331
PODER LEGISLATIVO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ


 
Programa Provincial de Lactancia Materna. Adhesión ley nacional 26.873.
Sanción: 13/09/2013; Promulgación: 04/10/2013; Boletín Oficial: 25/10/2013


Artículo 1°- Adhiérase la provincia de Santa Cruz a la Ley Nacional 26.873 de Lactancia Materna, Promoción y Concientización Pública, acerca de la importancia de la Lactancia Materna, que fuera sancionada con fecha 3 de julio de 2013.
Art. 2°- La autoridad de aplicación de la presente Ley, será el Ministerio de Salud de la Provincia, el que deberá coordinar su aplicación con los Municipios y Comisiones de Fomento.
Art. 3°- Créase en el ámbito del Ministerio de Salud, el Programa Provincial de Lactancia Materna, conforme a los lineamientos establecidos en la Ley Nacional 26.873.
Art. 4°- Facultase al Poder Ejecutivo Provincial, para que a través del Ministerio de Economía y Obras Públicas y/o el organismo que en el futuro lo sustituyere, efectúe las adecuaciones presupuestarias que correspondan a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Ley.
Art. 5°- Comuníquese, etc.


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