RESOLUCIÓN 1630/2013
MINISTERIO DE SALUD (M.S.)


 
Apruébanse los Nuevos Aranceles Modulares y Normas de Facturación para los HOSPITALES PUBLICOS DE GESTION DESCENTRALIZADA. Derogación de la Resolución del MINISTERIO DE SALUD Nº 254/2011.
Del: 16/10/2013; Boletín Oficial 01/11/2013.

VISTO el Expediente 2002-1.009/11-9 del registro del MINISTERIO DE SALUD; el Decreto Nº 939 de fecha 19 de octubre de 2000; y las Resoluciones Nros. 1230 del 28 de octubre de 2008, 226 del 6 de marzo de 2009, 2207 de fecha 14 de diciembre de 2010, 254 de fecha 1 de marzo de 2011 y 1080 de fecha 19 de julio de 2011 del MINISTERIO DE SALUD, y
CONSIDERANDO:
Que mediante las Resoluciones Nº 1230/08, 226/09 y 760/09 del MINISTERIO DE SALUD se puso en vigencia y se actualizó el Nomenclador de Prestaciones de Salud mediante el cual se establecieron los aranceles modulares para los Hospitales Públicos de Gestión Descentralizada.
Que por la citada Resolución Nº 1230/08 se creó, en el ámbito de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS, un COMITE DEL REGIMEN DE HOSPITALES PUBLICOS DE GESTION DESCENTRALIZADA, con la finalidad de mantener continua y permanentemente actualizados los valores del Nomenclador de Prestaciones de Salud del Hospital Público de Gestión Descentralizada.
Que dicho Comité, presidido por el titular de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS, se integra con representantes de la SUBSECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION y la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.
Que posteriormente, por la mencionada Resolución Nº 226/09, se amplió la integración del Comité con la incorporación de Ministros de Salud provinciales, representantes del Consejo Federal de Salud (COFESA) y del INSTITUTO DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS (ISSPJyP).
Que por Resolución Ministerial Nº 2207 de fecha 14 de diciembre de 2010 se designaron los nuevos integrantes que conforman el COMITE DEL REGIMEN DE HOSPITALES PUBLICOS DE GESTION DESCENTRALIZADA.
Que la tarea de actualización del Nomenclador debe contemplar la necesidad de incorporación o substitución de módulos conforme nuevas tecnologías o bien, una mayor eficacia en el reagrupamiento de las prestaciones, así como reajustar los valores correspondientes a las prestaciones brindadas.
Que en fecha 1 de marzo de 2011 se llevó a cabo una nueva actualización de dichos valores los que quedaron establecidos de acuerdo a lo que surge de la Resolución Ministerial Nº 254/2011.
Que la resolución antes mencionada fue ampliada a través de la incorporación del Anexo II que se estableció mediante Resolución Ministerial Nº 1080 de fecha 19 de julio de 2011.
Que habiéndose reunido el Comité del Régimen de Hospitales Públicos de Gestión Descentralizada y evaluadas las propuestas obrantes en los presentes, el Presidente ha determinado que se consideren los aranceles que obran adjunto como ANEXO I de la presente medida.
Que, por lo tanto, a los fines de aprobar los nuevos montos corresponde se deje sin efecto los valores establecidos por la Resolución Ministerial Nº 254 de fecha 1 de marzo de 2011.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que se actúa en virtud de lo normado por la Ley de Ministerios, T.O. por Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992, modificada por la Ley Nº 26.338.
Por ello,
El Ministro de Salud resuelve:

Artículo 1º.- Apruébanse los Nuevos Aranceles Modulares y Normas de Facturación para los HOSPITALES PUBLICOS DE GESTION DESCENTRALIZADA, que se detallan en el ANEXO I de la presente Resolución, a partir de la puesta en vigencia de la misma.
Art. 2º.- Derógase la Resolución del MINISTERIO DE SALUD Nº 254 de fecha 1 de marzo de 2011.
Art. 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial. Cumplido, archívese.
Dr. Juan L. Manzur, Ministro de Salud.

Enlace al texto completo del Anexo I desde aquí

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