DECRETO ACUERDO 181/1994
PODER EJECUTIVO PROVINCIAL (P.E.P.)


 
Unidad Ejecutora Provincial del Control y Prevención del SIDA.
Del: 18/11/1994

VISTO, la necesidad de establecer las políticas de control y prevención del SIDA en la Provincia, y
CONSIDERANDO:
Que la enfermedad del SIDA continúa en dramático crecimiento en todo el mundo;
Que el conocimiento de la enfermedad y de sus formas de transmisión nos dan los elementos para lograr fundamentalmente la prevención:
Que los avances terapéuticos nos permiten realizar profilaxis y tratamientos que mejoran la calidad de vida del paciente afectado por este virus;
Que la enfermedad del SIDA es un fenómeno sanitario y social, lo que marca un rumbo particular de las medidas de prevención y control que se apartan de los sistemas de salud;
Que los programas para el control y prevención del SIDA, indefectiblemente deben interactuar con el medio y las personas, para hacer posible que se involucren y tomen decisiones frente a la prevención y solidaridad para con el que convive con el virus;
Que a su vez este tipo de programas deben ser dirigidos por un equipo interdisciplinarios que despliegue sus acciones en toda la comunidad, permitiendo su máxima participación.
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN ACUERDO DE MINISTROS
DECRETA:

Artículo 1°.- Créase la UNIDAD EJECUTORA PROVINCIAL DEL CONTROL Y PREVENCION DEL SIDA, dependiente del MINISTERIO DE ASUNTOS SOCIALES.-
Art. 2°.- Apuébanse las misiones y funciones de la UNIDAD EJECUTORA PROVINCIAL DEL CONTROL Y PREVENCION DEL SIDA, que en Anexo Único pasa a formar parte integrante del presente Decreto - Acuerdo.-
Art. 3°.- La UNIDAD EJECUTORA PROVINCIAL DEL CONTROL Y PREVENCION DEL SIDA, estará presidida por el titular de la Cartera de ASUNTOS SOCIALES, e integrada por un representante de los siguientes Organismos:
SECRETARIA DE ESTADO DE GOBIERNO Y JUSTICIA.
SECRETARIA DE ESTADO DE EDUCACION Y CULTURA.
SECRETARIA DE ESTADO DE BIENESTAR SOCIAL.
SISTEMA PROVINCIAL DE SALUD.
Art. 4°.- La UNIDAD EJECUTORA PROVINCIAL DEL CONTROL Y PREVENCION DEL SIDA, estará coordinada por un Secretario Ejecutivo, que será desempeñado por un profesional médico especializado en el tema, dependiente del SISTEMA PROVINCIAL DE SALUD, y designado por el titular de la Cartera de Asuntos Sociales.-
Art. 5°.- Dispónese que los Recursos Humanos que se afecten para el cumplimiento de las tareas de la UNIDAD EJECUTORA PROVINCIAL DEL CONTROL Y PREVENCION DEL SIDA, se atenderán con las partidas específicas de gastos de personal de los Organismos a los que dependen.-
Art. 6°.- La Presidencia de la UNIDAD EJECUTORA PROVINCIAL DEL CONTROL Y PREVENCION DEL SIDA, elevará al PODER EJECUTIVO el anteproyecto de gastos de funcionamiento.-
Art. 7°.- Déjase sin efecto la Resolución n° 275/21-MAS de fecha 02 de Agosto de 1994, dictada por el MINISTERIO DE ASUNTOS SOCIALES, mediante la cual se crea en el ámbito del citado Departamento de Estado, el Programa de Control y Prevención del SIDA, como consecuencia de los dispuesto por el Artículo 1° del presente Decreto - Acuerdo.-
Art. 8°.- El presente Decreto - Acuerdo será refrendado por los señores Ministros de Asuntos Sociales, de Gobierno, Educación y Justicia, y de Economía.-
Art. 9°.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-
Ramón Bautista Ortega; Luis Roberto Castro; Raúl Paulino Ríos; Alfredo Carlos Dato

ANEXO UNICO
CORRESPONDE AL DECRETO - ACUERDO N° 181/21-MAS.-
Las Misiones y Funciones de la UNIDAD EJECUTORA PROVINCIAL DEL CONTROL Y PREVENCION DEL SIDA son:
1) Formular los lineamientos básicos, para el Control y Prevención del SIDA.
2) Interrelacionar todos los estamentos públicos y privados de la comunidad tucumana.
3) Conectarse con referentes nacionales e internacionales a fin de obtener informaciones correctas de los distintos puntos del Programa.
4) Verificar los contenidos de la información y de las acciones de aplicación masiva a fin de unificar criterios, evitando la confusión de los distintos grupos receptores.
5) Diligenciar ante las autoridades nacionales, provinciales o particulares los recursos necesarios para el desarrollo del Programa.
6) Hacer cumplir los principios éticos y las políticas para la ejecución del Programa.
7) Llegar con la información preventiva a los distintos sectores de la población y especialmente a los grupos de riesgo.
8) Procurar disminuir la incidencia de las nuevas infecciones con el virus VIH.
9) Procurar que el diagnóstico serológico sea accesible a toda persona de riesgo y a quién lo solicite.
10) Mejorar la calidad de vida de los infectados y de los enfermos del SIDA.
11) Realizar vigilancia epidemiológica de SIDA.
12) Formar continuamente a informadores (maestras de distintos niveles, profesores, alumnos secundarios y universitarios, líderes comunitarios, etc.)
13) Incluir los contenidos sobre la enfermedad SIDA y problemas relacionados con la misma (drogadicción y sexología), en los planes de estudios primarios, secundarios y universitarios.
14) Contribuir a la realización obligatoria de tamizage de la sangre y sus productos a transfundir de los bancos públicos y privados.
15) Realizar convenios con particulares que permitan proveer de los reactivos necesarios a los bancos de sangre.
16) Lograr un trabajo conjunto con los profesionales dedicados al control de la drogadicción.
17) Procurar que el diagnóstico serológico de tamizage y confirmatorio llegue a toda persona de riesgo.
18) Mejorar la calidad de vida de los infectados asintomático y de los enfermos de SIDA.
19) Descentralizar la atención de los pacientes con SIDA en los hospitales públicos y privados de la Provincia.
20) Concientizar al máximo la necesidad ambulatoria del paciente con SIDA implementando la atención por consultorios externos, hospital de día, atención domiciliaria, dejando la internación para última instancia.
21) Procurar la formación de equipos de trabajo multidisciplinario para la atención del paciente.
22) Elaborar y difundir las normas de profilaxis y terapéuticas para el SIDA.
23) Implementar con la Justicia la aceleración de los trámites para adopción o tutela transitoria del niños huérfano VIH con SIDA o VIH - huérfanos de padres muertos por SIDA.-
24) Trabajar en la detección de la embarazada perteneciente a grupos de riesgo, promover el examen serológico para mejorar el control del recién nacido.
25) Promover la formación de médicos, enfermeras, bioquímicos y el resto de profesionales del equipo multidisciplinario en lugares de referencia o a través de cursos de perfeccionamiento en lugares de residencia.
26) Promover la no discriminación social, laboral y familiar de la persona VIH y con la enfermedad SIDA.
27) Realizar la publicación periódica de un boletín informativo.
28) En conjunto con el Programa Nacional de SIDA procurar la realización de diagnósticos en el ámbito de esta temática.-

Copyright © BIREME  Contáctenos