LEY 6985
PODER LEGISLATIVO PROVINCIAL (P.L.P.)


 
Instituto de Obra Social del Empleado Provincial. Incremento del 1% en las contribuciones del Estado provincial, prórroga del plazo del art. 4° de la ley 6687 y ratificación del dec. 69/2010.
Sanción: 08/06/2010; Promulgación: 16/06/2010; Boletín Oficial: 22/06/2010


Artículo 1° - Ratifícase en todos sus términos el Decreto Acuerdo de Necesidad y Urgencia N° 069/10, emitido por el Poder Ejecutivo Provincial de fecha 19 de Mayo de 2010, por el cual prorroga por un año el incremento del uno por ciento (1%) en las contribuciones del Estado Provincial con el Instituto de Obra Social del Empleado Provincial (IOSEP), establecido por el artículo 4° de la Ley 6.687/04, a partir del vencimiento de la prorroga pasada.
Art. 2° - Comuníquese, etc.


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