LEY 6728
PODER LEGISLATIVO DE LA PROVINCIA DEL CHACO


 
Obligatoriedad de juegos en plazas y espacios verdes para niños con discapacidad.
Sanción: 15/12/2010; Promulgación: 08/07/2011; Boletín Oficial: 15/07/2011

La Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco
Sanciona con Fuerza de Ley:

Artículo 1: Establécese que en todas las plazas y espacios recreativos de las distintas localidades de la Provincia, se deberá adecuar e incorporar juegos para niños con discapacidad.
Art. 2. El Poder Ejecutivo proveerá a los municipios, fundaciones, escuelas de educación especial y toda otra institución, que cumplimente los requisitos que determine la reglamentación, de distintos juegos recreativos.
Art. 3: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.


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