DECRETO 1151/2008
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE CORDOBA


 
Acta Acuerdo de Colaboración y Asistencia Recíproca entre el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo. Anteproyecto Digesto Jurídico.
Del: 30/07/2008; Boletín Oficial 07/08/2008

VISTO: El “Acta Acuerdo de Colaboración y Asistencia Recíproca entre el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo”, suscripta entre el señor Vicegobernador, Don Héctor Oscar Campana y el señor Fiscal de Estado, Dr. Jorge Eduardo Córdoba, para la formulación de un Anteproyecto de Digesto Jurídico de la Provincia de Córdoba.
Y CONSIDERANDO:
Que por el citado acuerdo ambas partes se comprometen a colaborar y otorgarse asistencia mutua, en materia de recursos humanos, tecnológicos, informáticos y materiales, para la formulación de un Anteproyecto de Digesto Jurídico de la Provincia de Córdoba, en el marco de lo previsto por la Ley N° 7854 y sus modificatorias, y el Artículo 32 y concordantes y correlativos del Reglamento Interno de la Legislatura Provincial.
Que, a tales efectos se asumen los compromisos de realizar en forma conjunta un relevamiento documental, tanto en soporte papel como informático, de la legislación provincial que hubiere en poder de ambas partes, como una etapa preparatoria de un cuerpo normativo sistemático y actualizado.
Que asimismo coordinará la tarea propuesta mediante una Comisión de Trabajo y Enlace entre el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo, cuyos integrantes intercambiarán la información existente en sus respectivas bases de datos informáticas.
Que, se ha convenido para realizar la labor acordada un plazo de seis (6) meses en los que se deberán ir elaborando, trabajos de avance y un informe final que contenga las propuestas operativas que estimen pertinentes para la efectivización del futuro Digesto.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

Artículo 1º: APRUÉBASE el “Acta Acuerdo de Colaboración y Asistencia Recíproca entre el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo”, para la formulación de un Anteproyecto de Digesto Jurídico de la Provincia de Córdoba, suscripta con fecha once de julio de dos mil ocho entre el señor Vicegobernador, Don Héctor Oscar Campana y el señor Fiscal de Estado, Dr. Jorge Eduardo Córdoba, registrado bajo el N° 02/08 del Protocolo de Convenios de Fiscalía de Estado, la que en dos (2) fojas útiles, forma parte integrante del presente Decreto como Anexo Único.
Art. 2°: El presente decreto será refrendado por los señores Ministro de Gobierno y Fiscal de Estado.
Art. 3°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese a la Legislatura de la Provincia de Córdoba, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SCHIARETTI - CASERIO - CÓRDOBA

ANEXO I DECRETO Nº 1151/08
ACTA ACUERDO DE COLABORACIÓN Y ASISTENCIA RECÍPROCA ENTRE EL PODER LEGISLATIVO Y EL PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
Entre la Legislatura de la Provincia de Córdoba, representada en este acto por su Presidente, el señor Vicegobernador Héctor Oscar Campana, en adelante el “P.L.”y el Gobierno de la Provincia de Córdoba, representado por el señor Fiscal de Estado Dr. Jorge Eduardo Córdoba, ad referéndum del Poder Ejecutivo, en adelante el “P.E”, se conviene y celebra el presente Acta acuerdo de colaboración y asistencia recíproca de recursos humanos, tecnológicos, informáticos y materiales , a fin de co gestionar las tareas preliminares y preparatorias para la formulación de un Anteproyecto de Digesto Jurídico de la Provincia de Córdoba y en el marco de lo previsto por la Ley Nº 7854 y sus Modificatorias y el Artículo 32 y concordantes y correlativos del Reglamento Interno de la Legislatura Provincial,
A tal efecto las partes disponen:
I. ACORDAR la realización conjunta de un relevamiento documental completo en soporte papel y magnético de la legislación provincial (con sus respectivos decretos reglamentarios) y de las compilaciones propias generales y/o por materia que hubiere en poder de los firmantes, como etapa preparatoria de un cuerpo normativo legal consolidado, sistemático y actualizado.
II. LAS partes, para la ejecución del presente convenio, procederán a intercambiar la información residente en sus respectivas bases de datos informáticas, a cuyo fin deberá remitirse por quien requiera el pedido formal de transmisión de datos para constancia del requerido.
III. COORDINAR la tarea propuesta mediante una Comisión de Trabajo y Enlace entre el “PL” y el “PE”.
IV. DESIGNAR en representación de la Legislatura de la Provincia de Córdoba, en calidad de Coordinadora General a la señora Secretaria Técnica Parlamentaria y por la Fiscalía de Estado y en igual calidad al Señor Subsecretario Legal y Técnico de dicho cuerpo. Asimismo, se designan como miembros de la Comisión de Trabajo y Enlace a los Señores Fabiana del Huerto Mercado, Raúl Rodolfo Casini y Marcelo Gabriel Peyrano.
V. ESTABLECER que el plazo estipulado para la labor acordada es de seis (6) meses a partir de la fecha de suscripción del presente.
VI. ELABORAR dentro del plazo fijado, informes mensuales de avance de los trabajos y un informe final donde constará detallada y sistematizada la información y documentación producida como así también las propuestas operativas que estimen a futuro pertinentes para la realización del Digesto.
VII. CONVENIR que la tarea de los miembros de la Comisión es ad honorem, siendo a cargo de cada parte firmante la formulación de las autorizaciones y/o compensaciones horarias que las tareas encomendadas requieren a fin de su concreción en el lapso antes fijado.
VIII. Las partes pueden dejar sin efecto el presente con la sola obligación de comunicar de manera fehaciente a la otra con una antelación de treinta (30) días.
Previa lectura y ratificación las partes firman dos ejemplares de un mismo tenor y efecto en la ciudad de Córdoba a los once días del mes de julio de dos mil ocho.

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