DECRETO 1086/1994
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES


 
Centro Unico Coordinador de la Ablación e Implante Corrientes. (CUCAICOR).
Del: 12/04/1994; Boletín Oficial: 27/04/1994

VISTO: La Ley Nacional Nº 24.193/93, por la cual se establece un nuevo régimen para ablaciones y trasplantes de órganos y material anatómico humano; y
CONSIDERANDO:
Que, el nuevo régimen establecido comprende normas técnicas y jurídicas referentes a las prácticas de ablación e implante de órganos y material anatómico humano de cadáveres a seres humanos y entre humanos;
Que, dicha normativa nacional ha derogado el régimen de la Ley Nº 21.541 y sus modificatorias, al cual se hallaba adherida la Provincia por Ley Nº 3936/84;
Que, el nuevo régimen establecido contempla las putas de organización y funcionamiento del Instituto Nacional Único Coordinador de Ablación e Implante (INCUCAI), constituido como entidad estatal de derecho publico, con personería jurídica y autarquía institucional;
Que, atento a la vigencia de tal normativa y al adelanto y desarrollo científico y técnico de las practicas de ablación e implante, y a fin de coordinar las acciones con los organismos nacionales e impulsar las acciones de investigación, y asesoramiento en la materia, se estima necesario proceder a la creación de un Centro Único Coordinador, que se denominara Centro Único Coordinador de Ablación e Implante Corrientes (CUCAICOR);
Que, dicho organismo funcionara como ente técnico asesor con competencia especifica en la materia en el ámbito del Ministerio de Salud Publica de la Provincia;
Que, la creación y organización del mencionado ente encuadra en las facultades conferidas al Poder Ejecutivo Provincial en virtud del artículo 12º inciso 1 de la Constitución Provincial, y artículo 9º de la Ley 3635 de Departamentos y Secretarias de Estado;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

Artículo 1º - CREASE el Centro Único Coordinador de la Ablación e Implante Corrientes (CUCAICOR), el cual funcionara como ente técnico asesor en el ámbito del Ministerio de Salud Pública de la Provincia y tendrá la competencia especifica y funciones que se consignan en el Anexo I, el cual forma parte del presente decreto.-
Art. 2º - El Centro Único Coordinador de la Ablación e Implante Corrientes (CUCAICOR), se compondrá de:
- Un Director Coordinador.
- Un Área de Procuración, mantenimiento de Donante y Ablación.
- Un Área Administrativa Contable (ver Anexo II).
- Un Área de Prensa, Difusión, y Educación.
- Un Área Banco de Órganos y Tejidos.
- Un Área de registro e informes.
Una vez constituido el CUCAICOR, procederá al dictado de un reglamento de funcionamiento interno, el cual deberá ser aprobado por el Ministerio de Salud Publica de la Provincia.-
Art. 3º - ESTABLECESE que el Centro Único Coordinador de Ablación e Implante (CUCAICOR) tendrá su sede en la ciudad de Corrientes, en el Hospital Escuela Gral. José Fco. de San Martín. (Anexo III).-
Art. 4º - FACULTASE al Organismo creado a requerir de entidades publicas y privadas, nacionales o provinciales, y de especialistas en la materia, colaboración para la programación y ejecución de acciones preventivas, educativas, asistenciales de investigación y asesoramiento e instrumentación legal referente a la ablación e implante de órganos y material anatómico humano.-
Art. 5º - Las Autoridades del CUCAICOR será designadas por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial, a propuesta del Ministerio de Salud Pública de la Provincia y de ahí en más cualquier vacante que se produzca se elevara la propuesta en acuerdo con el Director Coordinador del CUCAICOR.-
Art. 6º - El presente decreto será refrendado por el Señor Ministro de Salud Pública.-
Art. 7º - COMUNIQUESE, publíquese, dese al R. O y Archívese.-
Raúl Rolando Romero Feris; Néstor Pedro Braillard Poccard


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