LEY I-484
PODER LEGISLATIVO DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT


 
Régimen para la detección y posterior tratamiento de determinadas patologías en el recién nacido. Deroga ley I-241. Adhiere a ley nacional 26.279.
Sanción: 15/11/2012; Promulgación: 03/12/2012; Boletín Oficial: 17/12/2012


Artículo 1°.- La Provincia de Chubut adhiere a la Ley Nacional N° 26.279, que regula el régimen para la detección y posterior tratamiento de determinadas patologías en el recién nacido, sancionada por el Congreso de la Nación el día 8 de agosto de 2007.
Art. 2º.- Derógase la Ley I Nº 241 (antes Ley Nº 4.890).
Art. 3º.- LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
César Gustavo Mac Karthy - Raúl Alejandro Fernández


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