DECRETO 54/2013
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)


 
Dase por prorrogada designación del Director de Coordinación y Administración de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica.
Del: 22/01/2013; Boletín Oficial 30/01/2013.

VISTO la Ley Nº 26.784, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 637 de fecha 23 de mayo de 2011, el Expediente Nº 1-47-8332/10-0 del registro de la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA -ANMAT-, organismo descentralizado que funciona en la órbita de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 26.784 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013.
Que mediante el Decreto Nº 637 de fecha 23 de mayo de 2011 se dio por designado transitoriamente por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la medida, al Contador Pablo SCAGLIARINI (DNI Nº 23.277.869) como Director de Coordinación y Administración, NIVEL A, Grado 0, de la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA -ANMAT- autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva de nivel III del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto Nº 2098/08.
Que el procedimiento de selección correspondiente no se ha instrumentado hasta el presente y no resulta factible concretarlo en lo inmediato, motivo por el cual, teniendo en cuenta la naturaleza del cargo involucrado y a efectos de contribuir al normal cumplimiento de las acciones asignadas a la DIRECCION DE COORDINACION Y ADMINISTRACION de la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA (ANMAT), resulta oportuno y conveniente disponer la prórroga de la designación transitoria del funcionario mencionado, por igual período y en las mismas condiciones establecidas en el acto de designación mencionado.
Que el referido plazo se encuentra actualmente vencido.
Que el profesional citado se encuentra actualmente desempeñando el cargo referido y se ha acreditado la certificación de servicios del Contador Pablo SCAGLIARINI.
Que la presente medida no implica un exceso en los créditos asignados, ni constituye asignación de recurso extraordinario alguno, habiéndose acreditado la disponibilidad presupuestaria correspondiente con cargo al presupuesto del organismo proponente.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1º de la CONSTITUCION NACIONAL y a tenor de lo dispuesto en el artículo 1º del Decreto Nº 491/02.
Por ello,
El Vicepresidente de la Nación Argentina en ejercicio del Poder Ejecutivo decreta:

Artículo 1º.- Dase por prorrogada por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 10 de febrero de 2012, la designación transitoria efectuada en los términos del Decreto Nº 637 de fecha 23 de mayo de 2011 del Contador Pablo SCAGLIARINI (DNI Nº 23.277.869), como Director de Coordinación y Administración de la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA -ANMAT-, organismo descentralizado que funciona en la órbita de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD, en un cargo Nivel A, Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva de Nivel III del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por Decreto Nº 2098/08, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el Artículo 14 del citado Convenio Colectivo.
Art. 2º.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV, VIII y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha indicada en el artículo 1º del presente decreto.
Art. 3º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 80 - MINISTERIO DE SALUD - Organismo Descentralizado 904 - ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA -ANMAT-.
Art. 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Amado Boudou; Juan M. Abal Medina; Juan L. Manzur.


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