LEY 7111
PODER LEGISLATIVO PROVINCIAL (P.L.P.)


 
Día de la Persona Enferma con Miastenia Gravis.
Sanción: 10/10/2012; Promulgación: 30/10/2012; Boletín Oficial 16/11/2012

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY

Artículo 1º: Institúyese en el ámbito de la Provincia el día 2 de junio de cada año como "Día de la Persona Enferma con Miastenia Gravis" y declarase la primer semana del mes de junio, como "La semana de lucha contra la Miastenia Gravis".
Art. 2º: Impleméntase en todos los establecimientos educativos dependientes del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, el dictado de clases tendientes a informar y concienciar sobre esta enfermedad, durante la semana conmemorativa.
Art. 3º: La autoridad de aplicación de la presente, será el Ministerio de Salud Pública quién deberá efectuar campañas de difusión para que la ciudadanía tome conciencia de la patología mencionada.
Art. 4º: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Pablo L. D. Bosch; María Lidia Cáceres


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