RESOLUCION 392/2012
MINISTERIO DE SALUD


 
Adhiere a la Guía Técnica para la Atención Integral de los Abortos No Punibles 2010.
Del: 03/08/2012

VISTO, la Constitución Nacional e Instrumentos Internacionales con jerarquía constitucional, el Artículo Nº 86 incisos 1 y 2 del Código Penal, el Fallo 259. XLVI emitidos el 13 de marzo de 2012 por la Corte Suprema de Justicia de la Nación FAL s/ medida autosatisfactiva, el Decreto Provincial Nº 1070/12; y
CONSIDERANDO:
Que el articulo 86 del Código Penal en sus incisos 1 y 2, establece los supuestos en los cuales el aborto se encuentra despenalizado;
Que la normativa vigente exige al Ministerio de Salud, como órgano rector el orientar a los profesionales respecto de los procedimientos para efectuar las prácticas abortivas punibles;
Que se encuentra en vigencia el Convenio de Adhesión entre el Ministerio de Salud de la Nación y el Ministerio de Salud de la provincia para la implementación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable;
Que el Ministerio de Salud de la Nación, a través del Programa Nacional de Salud Sexual y Reproductiva, desarrollo una Guía técnica para la Atención Integral de los Abortos No Punibles puesta en vigencia en el año 2007;
Que dicha Guía fue actualizada en 2010, a fin de incorporar a la misma un Marco Jurídico que incluye la mas reciente jurisprudencia, por la sentencia dictada por el Superior Tribunal de Justicia de Chubut en la causa F.A.L. s/medida autosatisfactoria, Expte. 21.912-f-2010;
Que la Guía Técnica para la Atención Integral de los Abortos No Punibles 2010 está concebida como instrumento con base normativa, que indica los procedimientos para efectuar las prácticas abortivas no punibles acorde al cumplimiento de la Ley vigente;
Que la suscripta se encuentra facultada para dictar el presente acto administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 16º de la Ley Provincial Nº 859 y el Decreto Provincial Nº 3034/11.
Por ello,
LA MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:

Artículo 1º - Adherir a la Guía Técnica para la Atención Integral de los Abortos No Punibles 2010 que, como Anexo forma parte integrante de la presente.-
Art. 2º - Comunicar con copia fiel de la presente al Programa de Salud Sexual y Procreación Responsable dependientes del Ministerio de Salud de la Nación.-
Art. 3º- Comunicar a quien corresponda, dar al Boletín Oficial, archivar.-
María Haydee Grieco


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