RESOLUCION 1732/2005
MINISTERIO DE BIENESTAR SOCIAL


 
Comité Provincial de Bioética y Comités Hospitalarios de Bioética.
Del: 16/02/2005

VISTO:
Las disposiciones de la Ley Nº 5009/97 - De creación del Comité Provincial de Bioética y Comités Hospitalarios de Bioética; la Resolución Nro. 1863-BS-98; y
CONSIDERANDO
Que por el citado dispositivo legal se crea el Comité Provincial de Bioética, en el ámbito del Ministerio de Bienestar Social con el fin de asesor sobre temas, dilemas y problemáticas comprendidas en el ámbito de la Bioética;
Que, en dicho marco, y mediante Resolución Nro. 1863-BS de fecha 18 de febrero de 1998, se designaran los miembros integrantes del primer Comité Provincial de Bioética, cuyo accionar en la materia ha debido adecuarse a los lineamientos establecidos en la citada Ley:
Que, en dicho marco y para dar continuidad a las tareas desarrolladas por el Comité que nos ocupa, resulta necesario reorganizar la integración del mismo;
Que al efecto, se ha convocado a participar a distintas instituciones con incumbencia en el tema,
Que, para el cumplimiento de tal fin, se ha merituado las cualidades éticas, personales como así también las trayectorias profesionales de un grupo de personas en nuestra provincia, que han venido trabajando y que las instituciones han sugerido, con reconocidas conocimientos de esta disciplina;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
EL MINISTRO DE BIENESTAR SOCIAL
RESUELVE:

Artículo 1º- Ratificase la designación de Resolución 1863/BS/98, como miembros integrantes del Comité Provincial de Bioética a las siguientes personas:
Lic. María E. Giardina
Lic. Olga Vilca de Genovese
Dra. Elisa Inchaupase Assef
Dra. María Celia Buys
Lic. Andrea Blasco de Kindgard
Lic. Griselda C. de Pizarro.
Art. 2º- Desígnese miembros integrantes del Comité Provincial de Bioética a las siguientes personas:
Por el Centro Sanitario, Lic. Florencia de Reynoso.
Por el Consejo de Bioquímicos, Bioquímica Sonia B. García.
Por el Consejo de Médicos, Dr. Juan José D. Iglesias.
Por la Secretaria de Salud Pública, Dra. María de la Paz Bossio.
Art. 3º- Los miembros designados desempeñaran las funciones establecidas en la Ley Nº 5009/97, y deberán dar cumplimiento a lo establecido por el Art. 9º de la citada Ley.
Art. 4º- Comuníquese. Regístrese en el libro de Resoluciones; remítase las presentes actuaciones con copia de la Resolución a la Secretaria de Salud Publica, Dirección Provincial de Salud; Dirección Provincial de la sanidad, Dirección de Recursos Humanos y Docencia, a los Directores de los Hospitales y Áreas Programáticas, al Consejo Medio, al Colegio de Bioquímicas y circularícese por el resto de las Unidades, Departamentos y demás divisiones administrativas del Sector Salud del Ministerio de Bienestar Social, para su conocimiento y demás efectos, cumplido, archívese.-


Copyright © BIREME  Contáctenos