LEY 7738
PODER LEGISLATIVO PROVINCIAL (P.L.P.)


 
Día Provincial del Donante Voluntario de Sangre.
Sanción: 01/01/2012; Promulgación: 15/10/2012; Boletín Oficial 23/10/2012

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, Sancionan con Fuerza de
LEY:

Artículo 1º - Establécese el 9 de noviembre de cada año como Día Provincial del Donante Voluntario de Sangre, en conmemoración de la primera transfusión de sangre citrada en el hombre realizada por el médico argentino Dr. Luis Agote.-
Art. 2º - De conformidad con lo dispuesto en el artículo anterior, el Ministerio de Salud Pública desarrollará diversas actividades públicas de educación y concientización orientadas a revalorizar la donación voluntaria de sangre.-
Art. 3º - El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología implementará en el Calendario Escolar de los establecimientos educativos de todos los niveles y modalidades de realización de actividades alusivas, a la importancia de la donación voluntaria de sangre, y a la figura y aporte del Dr. Luis Agote.
Art. 4º - Los gastos que demanden el cumplimiento de la presente Ley, se imputarán a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincial, Ejercicio vigente.
Art. 5º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
Luque - Godoy - López Mirau - Corregidor


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