DECRETO 458/2012
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS


 
Campaña de Mamografía Preventiva.
Del: 10/03/2012; Boletín Oficial 11/06/2012

VISTO:
El EXD-0000-1310083/12, por el cual la Fundación Signa, solicita se declare de Interés Provincial la Campaña de Mamografía Preventiva, a realizarse entre el 08 de Marzo Día de la Mujer y el 19 de Octubre de 2012 Día Mundial de la lucha contra el Cáncer de Mama, en toda la provincia de San Luis; y,
CONSIDERANDO:
Que la mencionada Campaña tiene como objetivo difundir y promover estos eventos para concientizar a la comunidad sobre la importancia de realizar controles mamográficos para la detección precoz del cáncer de mama;
Que el cáncer de mama es la enfermedad más común y con índices de mortalidad elevados en mujeres mayores de cuarenta (40) años, es fácilmente detectable con una simple mamografía, siendo totalmente curable si se realiza el tratamiento adecuado y a tiempo;Que atento a la importancia que revisten estas actividades y teniendo en cuenta que con ellas se da la posibilidad que la comunidad se informe, tome conciencia, actualice sus conocimientos y mejore la calidad de vida, se hace necesario el dictado del acto administrativo declarando este evento de Interés Provincial;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

Artículo 1º.- Declarar de Interés Provincial la XVII Campaña de Mamografía Preventiva, organizada por la Fundación Signa, a realizarse entre el 08 de Marzo Día de la Mujer y el 19 de Octubre de 2012 Día Mundial de la lucha contra el Cáncer de Mama, en toda la provincia de San Luis, por los motivos expuestos precedentemente.-
Art. 2º.- La declaración otorgada por el Art. 1º del presente Decreto, no generará ninguna erogación presupuestaria para la provincia.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Fundación Signa, Hospital San Luis, Hospital Juan Domingo Perón, Programa Medicina del Interior, Programa Atención Primaria de la Salud y por sus intermedios notificar a las Areas de sus dependencias.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda y Obras Públicas.
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
Claudio Javier Poggi; Lucía Teresa Negra; José María Emer


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