DECRETO 1020/2009
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE MISIONES


 
Subsecretaría de Prevención de Adicciones y Control de Drogas. Modificación decreto 1679/04.
Del: 16/07/2009; Boletín Oficial 22/05/2012

VISTO: El Expediente N° 6200-102/09, caratulado: SUBSECRETARÍA DE PREVENCION DE ADICCIONES C. DROGAS.- POSADAS-MNES.-R/E/PROYECTO MODIFICACION PARCIAL ESTRUCTURA ORGANICA, Registro de la Subsecretaría de Prevención de Adicciones y Control de Drogas, dependiente del Ministerio de Salud Pública, y;
CONSIDERANDO:
QUE, en el marco de las políticas de salud del Estado Provincial, urge la implementación del Programa Prevención, Promoción, y Atención Integral del Niño, Niña, Adolescente en Situación de Vulnerabilidad (Hogar de Día), con dependencia operativa de la Subsecretaría de Prevención de Adicciones y Control de Drogas del Ministerio de Salud Pública, en cuanto a dirección, monitoreo y funcionamiento se trata;
QUE, se evidencia de esta manera una vez más la preocupación y ocupación por parte del Gobierno de la problemática de los niños, niñas y adolescentes en situación de vulnerabilidad; con políticas concretas;
QUE, ante una creciente demanda, la citada Subsecretaría, debió fortalecer las campañas sobre prevención y la concientización de los daños provocados por el uso indiscriminado de sustancias, además en cuanto al servicio que brinda de asistencia y deshabituación a las mismas;
QUE, nuestra provincia es pionera en la región del nordeste del país en el abordaje médico de las adicciones, enfocándolo desde una óptica como un problema socio-sanitario;
QUE, todo esto conlleva a la necesidad de adecuar su actual estructura orgánica funcional, conforme a estas nuevas exigencias, tendientes a coordinar y armonizar los programas de acciones estratégicas entre el Centro Manantial y el de Hogar de Día, dentro de un marco legal administrativo, contable y jurídico;
QUE, por el Artículo 11 de la Ley 3776 se faculta al Poder Ejecutivo a adoptar las medidas necesarias y conducentes para adecuar la estructura orgánica funcional y presupuestaria de las dependencias que integran los distintos Ministerios y Secretarías de Estado;
QUE, se ha expedido en sentido explicitado el Departamento de Asuntos Jurídicos de la Subsecretaría de Prevención de Adicciones y Control de Drogas del Ministerio de Salud Pública a través del dictamen pertinente;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE MISIONES
DECRETA:

Artículo 1º.- MODIFICASE parcialmente, a partir de la fecha del presente Decreto, su similar N° 1679/04, en la forma que se indica: SUSTITUYESE la denominación de la Dirección Prevención y Asistencia de las Adicciones por la de: PREVENCION DE LAS ADICCIONES y la del Departamento Prevención de las Adicciones por la de CAPACITACION y ELEVASE el rango a Dirección el Departamento de ASISTENCIA Y REHABILITACIÓN.-
Art. 2°.- INCLUYESE, a partir de la fecha del presente Decreto, a la Dirección: ATENCION INTEGRAL DEL NIÑO, NIÑA, ADOLESCENTE EN SITUACION DE VULNERABILIDAD, y a sus Departamentos: COORDINACION OPERATIVA; COMPRA Y SUMINISTRO; SALUD INTEGRAL; DESARROLLO SOCIAL; EDUCACION; APOYO Y SERVICIOS AUXILIARES y ASISTENCIA TÉCNICO-PROFESIONAL. Al Departamento: PROCESAMIENTO Y ANALISIS DE DATOS con dependencia de la Dirección de Relaciones Institucionales y Estadísticas. Al Departamento: MEDICO, al Departamento: PRESTACION SANITARIA y al Departamento ADMISION Y GESTION, dependientes de la Dirección: de Asistencia y Rehabilitación, como parte integrante de la Estructura Orgánica de la Subsecretaría de Prevención de Adicciones y Control de Drogas, aprobada por Decreto N° 1676/04.-
Art. 3°.- APRUÉBASE, a partir de la fecha del presente Decreto, las modificaciones e inclusiones incorporadas en los artículos precedentes en cuanto a la Estructura Orgánica, Nomenclador de cargos Complejidad de las Funciones, Responsabilidad y Autonomía que como Anexos I y II, forman parte del presente.-
Art. 4°.- FIJASE un plazo de noventa (90) días a partir de la fecha, para presentar la descripción de los puestos de trabajo que conforman el nomenclador de cargos modificados.-
Art. 5°.- LAS mayores erogaciones que demande el cumplimiento del presente Decreto serán imputadas a las partidas específicas de la JURISDICCION 06 - Ministerio de Salud Pública- UNIDAD DE ORGANIZACIÓN 02 - Subsecretaría de Prevención de Adicciones y Control de Drogas.-
Art. 6°.- REFRENDARÁN el presente Decreto el Señor Ministro Secretario de Salud Pública, Señor Ministro Secretario de Estado General y de Coordinación de Gabinete y el Señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos.-
Art. 7°.- REGÍSTRESE, Comuníquese. Tomen conocimiento: Ministerio de Salud Pública y áreas Dependientes, Subsecretaría Legal y Técnica, Dirección General de Coordinación del Sector Público, Dirección General de Presupuesto, Dirección de Liquidaciones de la Contaduría General de la Provincia, Dirección del Servicio Administrativo de Salud Pública. Cumplido ARCHÍVESE, el presente expediente en la Dirección de la Función Pública.-
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