LEY 14285
PODER LEGISLATIVO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES


 
Calendario de Vacunación Oficial de la Provincia. Varicela.
Sanción: 08/06/2011; Boletín Oficial 22/07/2011

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY

Artículo 1º.- Incorpórase al calendario de vacunación oficial de la Provincia de Buenos Aires la vacuna contra la varicela, siendo ésta de carácter obligatorio.
Art. 2º.- La aplicación de la vacuna será gratuita en los centros de salud habilitados para tal fin.
Art. 3º.- El Poder Ejecutivo dispondrá la partida presupuestaria correspondiente para atender los gastos que demanden el cumplimiento de la presente Ley.
Art. 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
González; Scarabino; Isasi; Rodríguez


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