DECISIÓN ADMINISTRATIVA 105/2012
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS (J.G.M.)


 
Modifícase la Decisión Administrativa Nº 1205/2011, relacionada con la Adjudicación de la Licitación Pública Nº 45/11, para la adquisición de una vacuna.
Del: 14/03/2012; Boletín Oficial 15/03/2012.

VISTO el Expediente Nº 2002-2920/12-5 del registro del MINISTERIO DE SALUD, y
CONSIDERANDO:
Que por Decisión Administrativa Nº 1205 de fecha 10 de noviembre de 2011 se aprobó la Licitación Pública Nº 45/2011 del MINISTERIO DE SALUD, llevada a cabo para la adquisición de la vacuna pediátrica antineumocócica conjugada, en jeringa prellenada y/o vial monodosis y/o multidosis con jeringa correspondiente, adjudicándose la misma a las firmas PFIZER S.R.L., LABORATORIO ELEA S.A.C.I.F. y A. y WYETH S.A., que conforman PFIZER - ELEA - CONSORCIO DE COOPERACION, extendiéndose la vigencia del contrato por el término de CINCO (5) años contados a partir de la notificación de la Orden de Compra o hasta agotar la cantidad máxima de DIEZ MILLONES OCHOCIENTAS CINCUENTA MIL (10.850.000) dosis, lo que suceda primero.
Que por Decisión Administrativa Nº 1252 de fecha 22 de noviembre de 2011 se sustituyó el artículo 3º de la Decisión Administrativa Nº 1205/11 estableciéndose que el gasto resultante de la provisión de la vacuna conjugada para neumococo en el ejercicio 2012 se imputará con cargo al presupuesto del MINISTERIO DE SALUD, Jurisdicción 80, Servicio Administrativo Financiero 310, Programa 20, IPP 252, por hasta la suma de PESOS DOSCIENTOS OCHO MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 208.500.000) y el gasto a incurrir en los ejercicios subsiguientes será previsto oportunamente en los presupuestos anuales que se autoricen al MINISTERIO DE SALUD.
Que la suma mencionada, prevista para el presente ejercicio, se estableció en base a un precio estimado toda vez que el precio se determina en oportunidad de cada solicitud de provisión anual.
Que adjudicada la Licitación Pública Nº 45/2011 y suscripto el correspondiente contrato, se estableció el precio del suministro, de acuerdo con el procedimiento fijado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la citada licitación, ascendiendo el gasto para el ejercicio 2012 a la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MILLONES CUARENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS VEINTE CON TREINTA Y CINCO CENTAVOS ($ 242.042.220,35).
Que el MINISTERIO DE SALUD ha afectado la suma citada en el considerando anterior a las partidas específicas del presupuesto de su jurisdicción.
Que procede en consecuencia modificar la Decisión Administrativa Nº 1205/11, modificada por su similar Nº 1252/11, a fin de contemplar el mayor valor correspondiente al presente ejercicio fiscal.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS DEL MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
El Jefe de Gabinete de Ministros decide:

Artículo 1º.- Sustitúyese el artículo 3º de la Decisión Administrativa Nº 1205 de fecha 10 de noviembre de 2011, sustituido por el artículo 2º de la Decisión Administrativa Nº 1252 de fecha 22 de noviembre de 2011, por el siguiente: “ARTICULO 3º.- El gasto que resulte de la provisión de la vacuna conjugada para neumococo en el ejercicio 2012, en función de la adjudicación dispuesta en el artículo anterior, se imputará con cargo al presupuesto del MINISTERIO DE SALUD, Jurisdicción 80, Servicio Administrativo Financiero 310, Programa 20, IPP 252, por hasta la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MILLONES CUARENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS VEINTE CON TREINTA Y CINCO CENTAVOS ($ 242.042.220,35). El gasto a incurrir en los ejercicios subsiguientes será previsto oportunamente en los presupuestos anuales que se autoricen al MINISTERIO DE SALUD”.
Art. 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Juan M. Abal Medina; Juan L. Manzur.


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