RESOLUCION 2441/2008
SECRETARIA DE SALUD


 
Estrategia Integrada para Prevenir y Controlar el impacto del Dengue.
Del: 01/07/2008; Boletín Oficial 17/11/2011

VISTO:
La situación sanitaria producida por el importante aumento de casos por brotes epidémicos de Dengue, Dengue complicado y mortalidad relacionada en los países del MERCOSUR, así como en numerosas jurisdicciones de nuestro país, en particular el aumento en el número de casos autóctonos argentinos e importados durante la última década, brotes de los cuales los ciudadanos y ciudadanas de la Provincia de Entre Ríos, deben ser protegidos, y a la vez evitar casos letales entre los habitantes de la provincia como consecuencia de la ocurrencia prospectiva de estos eventos en nuestro territorio; y
CONSIDERANDO:
Que teniendo en cuenta la presencia creciente en los últimos años de casos importados en nuestra jurisdicción, y dado que su ocurrencia esta determinada de manera directa con la comprobada presencia del vector en la Provincia, así como con condiciones socioeconómicas, educativas, culturales, ambientales conducentes, así como con la variabilidad climática imperante, producto del cambio climático que esta afectando nuestro territorio, y que en conjunto, caracterizan un cuadro de extrema vulnerabilidad de nuestra jurisdicción, que obliga a la adopción de estrategias de eficacia comprobada de prevención y control de esta patología, y basadas en la evidencia;
Que la experiencia histórica de la provincia, al haber sufrido en el pasado numerosos brotes de la enfermedad con importante afectación de grandes proporciones de la población entrerriana, como lo demuestra las más importantes epidemias de dengue sufridas en el país entre 1916 y 1926;
Que los serios costos económicos y sociales producidos por el impacto de la enfermedad sobre numerosas industrias, en particular el turismo, hotelería, transporte, en la actividad económica del sector servicios, así pérdidas por ausentismo laboral por enfermedad, y en particular el costo del tratamiento de la enfermedad a las familias de personas afectadas;
Que los Acuerdos MERCOSUR/RMSM-EA Nº 11 y 12/03, que aprueban las Políticas de Prevención y Control de Dengue en el MERCOSUR, las Resoluciones de la OPS/OMS CD43.R4 y CD44.R9 para la elaboración e implementación de la Estrategia de Gestión -Integrada (EGI-Dengue) la cual ha sido promovida en la Región de las Américas, como un modelo de trabajo diseñado por los países, con la finalidad de detener la tendencia ascendente del Dengue y reducir la morbilidad y la mortalidad generada por los brotes y epidemias de Dengue;
Que el Artículo 20 de los Acuerdos MERCOSUR/RMSM-EA Nº 11 y 12/03, que instruyen a la Comisión Intergubernamental de Vigilancia y Control de la Infestación por Aedes Aegypti y de la Transmisión del Virus Dengue para los Estados Partes del MERCOSUR, Bolivia y Chile a elaborar su Plan de Trabajo para el desarrollo de las acciones de implementación de esta Política;
Que la adopción de la Estrategia de Gestión Integrada de Prevención y Control del Dengue para los Países Miembros y Asociados del MERCOSUR en la reunión de junio de 2007 en Asunción del Paraguay, así como la reunión técnica para el desarrollo de la EGI Dengue Argentina en el mes de Julio de 2007;
Que los acuerdos y disposiciones nacionales y provinciales de la República Argentina, en particular la adopción de la EGI Dengue Argentina y el Plan de Contingencia Nacional por el Gobierno de la República Argentina, y la EGI Provincial y el Plan de Contingencia para el Dengue, en los meses de julio y octubre de 2007 respectivamente;
Que atento la necesidad de implementar una Estrategia Integrada en el Provincia de Entre Ríos, y contar con un Plan de Contingencia Amplio que movilice a los ciudadanos de la provincia para implementar las acciones necesarias de prevención y control de los determinantes de la enfermedad caracterizados por la complejidad de la situación epidemiológica en numerosas jurisdicciones de la provincia, aunados a la presencia de macrofactores que persisten como condicionantes de la transmisión, tales como el impacto de inundaciones constantes productos de los cambios climáticos, un medio ambiente impactado por la actividad y consumo de ciudadanos y empresas locales y regionales y de la agricultura, conducente a la enfermedad, factores socio-ambientales y culturales críticos, migraciones internas e internacionales, desproporcionada y anárquica urbanización de nuestro territorio, con el consecuente aumento desproporcionado de criaderos reales y potenciales que favorecen el aumento de la densidad de mosquitos Aedes aegypti, transmisor, entre otros, del virus Dengue;
Que por lo expuesto es del caso dictar la resolución que ratifique la vigencia De las normas dictadas por el Ministerio de Salud de la Nación y del Consejo Directivo de la OPS/OMS;
Por ello;
El Secretario de Salud
RESUELVE:

Artículo 1º: Ratificar la plena vigencia en nuestro territorio de las resoluciones antes mencionadas, incluyendo las del Ministerio de Salud de la Nación, así como las del Consejo Directivo de OPS/OMS (CD43.R4 y CD44.R9), para la prevención y control del dengue; Acuerdos MERCOSUR/RMSM-EA Nº 11 y 12/03 MERCOSUR/RMSM-EA Nº 11 y 12/03.
Art. 2º: Aprobar el documento Estrategia de Gestión Integrada de Prevención y Control del Dengue para la Provincial de Entre Ríos, EGI Entre Ríos, que consta como Anexo del presente.
Art. 3º: En adelante el Plan de Prevención del Dengue se denominará Estrategia Provincial de Gestión Integrada de Prevención y Control del Dengue en la Provincia Entre Ríos. EGI Dengue Entre Ríos.
Art. 4º: La implementación y operación de la Estrategia Regional de Gestión Integrada de Prevención y Control del Dengue en la Provincia de Entre Ríos, tendrá dependencia de la Secretaria de Salud, incorporando al Grupo de Trabajo, GT Dengue presidido por el Secretario de Salud, a los profesionales mencionados a continuación, así como un representante de la Asociación Argentina de Salud Pública, y pudiendo el Secretario designar otras entidades que laboren el paradigma de la prevención en salud.
Art. 5º: El Grupo de Trabajo asegurará que los niveles técnicos de toda la provincia establezcan una sistemática intersectorial de seguimiento y evaluación de la implementación de la estrategia, en coordinación con los programas provincial, nacional y a escala regional e internacional, en particular con las naciones limítrofes del MERCOSUR.
Art. 6º: Solicitar la concurrencia y participación de representantes zona les en las reuniones técnicas que se requieran; a fin de dar continuidad a las actividades y evaluación de la Estrategia de Gestión Integrada Dengue.
Art. 7º: Elevar el presente para información de otros departamentos del Ejecutivo de la Provincia, incluyendo el conjunto de los Municipios, así como a las Comisiones de. Salud de la Cámara de Diputados y Senadores de Entre Ríos, para la correspondiente notificación de esta Resolución, e instar a que:
a) reconozcan la vigencia de las resoluciones provinciales existentes, para la prevención y control del Dengue;
b) incrementen las acciones que permitan identificar y movilizar lo pertinente para impulsar la implementación de la estrategia en el territorio provincial;
c) presten especial importancia a evitar enfermos y muertes por dengue en Entre Ríos, fortaleciendo de manera prioritaria la red asistencial provincial pública y privada para atención oportuna y adecuada a pacientes con cuadros graves de Dengue hemorrágico y síndrome de Shock por Dengue;
d) promuevan políticas públicas provinciales que enfrenten los macrofactores determinantes de la transmisión del Dengue, especialmente los relacionados con la mitigación y adaptación al impacto de los cambios climáticos en la provincia, a la urbanización no controlada ni planificada, la pobreza, y el inadecuado ordenamiento ambiental (agua, basura, inundaciones, etc); para prevenir de manera sostenible el Dengue, así como a los determinantes de otras enfermedades trasmisibles y transmitidas por vectores que castigan a los ciudadanos y ciudadanas de Entre Ríos.
e) garanticen el monitoreo y evaluación sistemática al proceso de elaboración e implementación de la EGI -Dengue provincial en las diferentes jurisdicciones de la jurisdicción, que permita dar continuidad a las acciones e incorporar las nuevas herramientas de control que vayan surgiendo;
f) consideren la magnitud del problema y fomenten políticas entre este Gobierno Provincial, la Secretaria de Salud, y la industria privada, y con los ciudadanos, para la búsqueda de soluciones al problema de los neumáticos en desuso y de los depósitos plásticos inservibles, así como limpieza de terrenos, construcciones y amoblamientos que son un problema creciente como criaderos potenciales del mosquito vector del Dengue;
g) promuevan el impulso la investigación científica provincial en la búsqueda continua de acuerdos con organismos nacionales e internacionales para la incorporación en Entre Ríos de nuevas herramientas tecnológicas, así como la evaluación permanente de las existentes para lograr el mayor impacto en la prevención y control del Dengue;
Art. 8º: El Grupo de Trabajo a cargo de la implementación de la Estrategia Integrada para Prevenir y Controlar el impacto del Dengue y de otras enfermedades emergentes en la provincia de Entre Ríos, estará integrado por los siguientes profesionales, que ejercerán las funciones establecidas:
- Dr. Mario Daniel Elizalde, Presidente
Miembros Permanentes:
- Lic. Claudia Fillastre, Coordinadora General
- Dra. Sandra Roland,
- Dra. Ana Rulfo,
- Lic. Alejandra Tavellia,
- Lic. Rosa Salinas,
- Dr. Carlos Bantar,
- Lic. Gabriela Rossi,
- Lic. Jorge Rocco, Asuntos Municipales,
- Dr. Carlos Ferreyra, DNI 8.000.738- como Asesor Técnico Ejecutivo y responsable de Relaciones Externas.-
Art. 9º: Registrar, comunicar, publicar y archivar.
Mario Elizalde


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