DECRETO 1357/2011
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE CORDOBA


 
Programa SOY CAPAZ - Inclusión Laboral para Personas con Discapacidad.
Del: 25/08/2011; Boletín Oficial 22/09/2011

VISTO: El Expediente N° 0427-030393/2011 del Registro del Ministerio de Desarrollo Social.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se gestiona la creación del Programa SOY CAPAZ - Inclusión Laboral para Personas con Discapacidad-, a través del cual se procura promover la inclusión laboral para personas con discapacidad, habiendo sido el mismo formulado en atención y concordancia con las políticas de promoción de este sector poblacional, que forman parte de los objetivos y estrategias de acción y competencia de la Dirección de Discapacidad dependiente de la Secretaría de Inclusión Social y de Equidad de Género del Ministerio de Desarrollo Social.
Que el Programa que se pretende instituir se funda en los Artículos 23, 27 y 54 de la Constitución Provincial y en la Ley Nacional 26.378 que ratifica la adhesión a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, especialmente en lo que se refiere a Trabajo y Empleo.
Que el objetivo general del Programa de que se trata, es el de promover el acceso de las personas con discapacidad al mercado laboral, mejorando su empleabilidad y su inclusión en igualdad de oportunidades, siendo los objetivos específicos: 1) Estimular y apoyar una mayor contratación de personas con discapacidad en el mercado de trabajo ordinario; 2) Promover la superación de las aptitudes, las competencias y actitudes de las personas con discapacidad (PCD), de acuerdo a los requerimientos de los mercados laborales locales; 3) Mejorar la calidad del empleo y de las condiciones de trabajo de las personas con discapacidad, en particular, combatiendo activamente su discriminación en el mercado de trabajo.
Que el Programa SOY CAPAZ - Inclusión Laboral para Personas con Discapacidad -, promueve e incentiva la inserción laboral en el empleo formal u ordinario de personas con discapacidad, acompañando el proceso desde la búsqueda voluntaria de trabajo, hasta lograr la inserción laboral, a través de tres líneas de acción o Subprogramas: a) Nexo -Oficina de Orientación e Intermediación Laboral para personas con discapacidad-; b) Becas de adaptación y aprestamiento laboral (BAAL) para personas con discapacidad en Empresas e Instituciones de la Sociedad Civil, a modo de capacitación en servicio y prácticas calificantes; c) Subsidio estímulo a la inserción laboral (EIL) de personas con discapacidad, con carácter de ayuda económica no remunerativa a las Empresas e Instituciones Privadas o Gubernamentales, que incentiven bajo la forma de contrato de trabajo por tiempo indeterminado, la incorporación de personas con capacidades diferentes a puestos de trabajo vacantes o nuevos.
Que serán beneficiarios del Programa que por este instrumento legal se instituye, toda persona con discapacidad, mayor de dieciocho (18) años que pueda desarrollar tareas laborales y no se encuentre trabajando en relación de dependencia al momento de acceder al mismo, debiendo acreditar la condición de discapacidad mediante certificado único de discapacidad.
Que resulta preciso promover el compromiso de las empresas y organizaciones no gubernamentales a fin de que colaboren con el Estado Provincial para contener a las personas con discapacidad, en virtud de las escasas oportunidades de inserción laboral que existe hacia este grupo socialmente vulnerable.
Que el Programa prevé, el cumplimiento de requisitos excluyentes para la participación de las empresas o empleadores.
Que corresponde al Ministerio de Desarrollo Social como autoridad de aplicación asumir la responsabilidad del Programa como así también la ejecución del mismo, a través de la Dirección de Discapacidad dependiente de la Secretaría de Inclusión Social y de Equidad de Género y de la Dirección General de Programas de Empleo dependiente de la Secretaría de Planificación y Control de Programas, según competencias establecidas por el Artículo 30 de la Ley 9454.
Que la referida jurisdicción ministerial está facultada para dictar todas las normas complementarias y tomar las medidas que resulten necesarias para asegurar su funcionamiento; así como suscribir Convenios con Empresas y Organizaciones No Gubernamentales, que resulten necesarios para la operatividad del Programa de que se trata.
Por ello, lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Desarrollo Social y por Fiscalía de Estado bajo Nros. 443/2011 y 000749/2011, respectivamente,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

Artículo 1º.- CRÉASE el Programa SOY CAPAZ - Inclusión Laboral para Personas con Discapacidad-, el que se desarrollará de conformidad a lo establecido en el Anexo I del presente Decreto, que compuesto de catorce (14) fojas, forma parte integrante del mismo.
Art. 2.- DISPÓNESE que el Ministerio de Desarrollo Social, será la Autoridad de Aplicación del presente Programa y Responsable de su Ejecución, de conformidad a lo dispuesto en el Anexo I del presente Decreto.
Art. 3°.- El gasto que demande la ejecución del presente Programa será imputado a la Jurisdicción 155 - Ministerio de Desarrollo Social-, Programa 564-008 - Partida Principal 06 - Partida Parcial 06 - Subparcial 01 TRANSFERENCIAS PARA CAPACITACION, PROMOCION O INSERCIÓN LABORAL, a cuyos fines el Ministerio de Finanzas efectuará las adecuaciones presupuestarias necesarias.
Art. 4°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Social y por el señor Fiscal de Estado.
Art. 5°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Schiaretti; Massei; Córdoba

ANEXO I
Programa SOY CAPAZ
INCLUSIÓN LABORAL PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD
1. Fundamentos y Marco Legal
En el mundo del trabajo nuestro país, al igual que muchos otros, presenta brechas y desfasajes persistentes entre "la demanda" de trabajadores por parte de los empleadores y la "oferta" de personas que buscan empleo.
Si bien muchos factores explican la falta de mercados de trabajo completamente equilibrados, se destacan como críticos la incompatibilidad entre las aptitudes de los trabajadores y las habilidades que necesitan los empleadores, la falta de competencia de las personas que buscan empleo para encontrar el trabajo apropiado y la discriminación.2 Uno de los colectivos más afectados por esta situación corresponde a las personas con discapacidad.
En este sentido, la Constitución Provincial, en su Art.27, expresa: Los discapacitados tienen derecho a obtener la protección integral del Estado que abarque la prevención, asistencia, rehabilitación, educación, capacitación, inserción en la vida social, y a la promoción de políticas tendientes a la toma de conciencia de la sociedad respecto de los deberes de solidaridad.
Asimismo, la norma provincial reconoce: El trabajo es un derecho y un deber fundado en el principio de la solidaridad social. Es una actividad y constituye un medio para jerarquizar los valores espirituales y materiales de la persona y de la comunidad; es fundamento de la prosperidad general.(Art. 54); la libertad e igualdad de oportunidades; el derecho de toda persona a elegir y ejercer su profesión, oficio o empleo. (Art. 19); y el derecho de todas las personas en la Provincia a la libre elección de su trabajo y a condiciones laborales equitativas, dignas, seguras, salubres y morales.(Art.23).
Por su parte, la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por nuestro país por Ley N° 26.378, incorpora referencias concretas y consideraciones directamente vinculadas a los derechos de las personas con discapacidad en su vínculo con el trabajo y el empleo. En su Art. 27 expresa:
1. Los Estados Partes reconocen el derecho de las personas con discapacidad a trabajar, en igualdad de condiciones con las demás; ello incluye el derecho a tener la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo libremente elegido o aceptado en un mercado y un entorno laborales que sean abiertos, inclusivos y accesibles a las personas con discapacidad. Los Estados Partes salvaguardarán y promoverán el ejercicio del derecho al trabajo, incluso para las personas que adquieran una discapacidad durante el empleo, adoptando medidas pertinentes...
Entre tales medidas, se destacan:
Permitir que las personas con discapacidad tengan acceso efectivo a programas generales de orientación técnica y vocacional, servicios de colocación y formación profesional y continua (Art.27, inc. d);
2 Fuente: MAZZA, Jacqueline, Servicios de Intermediación Laboral: Un análisis para los países de América Latina y el Caribe. División de Desarrollo Social, Departamento de Desarrollo Sostenible. Banco Interamericano de Desarrollo, Año 2003
Alentar las oportunidades de empleo y la promoción profesional de las personas con discapacidad en el mercado laboral, y apoyarlas para la búsqueda, obtención, mantenimiento del empleo y retomo al mismo" (Art.27, inc.e); y
Velar por que se realicen ajustes razonables para las personas con discapacidad en el lugar de trabajo (Art.27, inc.i).
Existe coincidencia de opinión entre diferentes actores sociales (Estado, Empresas, Sindicatos, Asociaciones del sector de la discapacidad) y las personas con discapacidad y sus familias, sobre la insatisfactoria situación del empleo de las personas con discapacidad. Ello se hace evidente en la labor cotidiana que lleva a cabo la Dirección de Discapacidad, donde de manera permanente se receptan solicitudes de personas con discapacidad en búsqueda de empleo y/o capacitación laboral, que no encuentran oportunidades reales en el mercado de trabajo abierto. Algo similar ocurre cuando los jóvenes con discapacidad egresan del ciclo de especialización de Escuelas Especiales que generalmente han acompañado su trayecto educativo desde muy corta edad, ubicándolos en una situación nueva, la de construir su propio proyecto de vida, en un contexto social y laboral que ofrece acotadas oportunidades para que ello ocurra.
Mejorar la empleabilidad y las oportunidades de empleo para las personas con discapacidad es un objetivo y un desafío de primer orden para las políticas públicas en materia de discapacidad, reconociendo que "el acceso al empleo de estas personas constituye una necesidad social: en una sociedad inclusiva hay que aspirar al pleno empleo de todas las personas con discapacidad que quieran trabajar, y hay que hacer efectivo el derecho al trabajo para todos..."3,
En este marco, una democracia bien entendida tiene como objetivo fundamental igualar condiciones para que todos puedan participar de una vida común, resultando impostergable la necesidad de formular y aplicar programas, recursos y acciones orientados a atemperar las desigualdades que genera la discapacidad y a potenciar las capacidades.
Un importante antecedente en esta línea lo constituye la conformación en 2010 del Club de Empresas Comprometidas Córdoba (CEC), cuyo objetivo central es lograr la inclusión laboral de las personas con discapacidad, aunando los esfuerzos del sector privado empresarial con más de 35 Empresas adheridas al Club, y de los organismos del Estado Nacional (Ministerio de Trabajo, Unidad de Empleo para Personas con Discapacidad y grupos vulnerables), Provincial (Área de Promoción Laboral de la Dirección de Discapacidad de la provincia) y Municipal (Área Empleo de la Dirección de Discapacidad de la Municipalidad de Córdoba).
Cabe señalar en este sentido que si bien los programas que actualmente se desarrollan y ejecutan en el ámbito de la Dirección General de Programas de Empleo del Ministerio de Desarrollo Social, establecen ciertos incentivos o prioridades con reservas de cupos a los fines de posibilitar la inserción laboral de personas con discapacidad, se considera necesario crear un programa especialmente dirigido a la inclusión laboral de las personas con Discapacidad, potenciando sus habilidades laborales y sociales, así como su actitud positiva hacia el trabajo como valor y acción dignificante de la persona.
A tal efecto se propone la creación del Programa SOY CAPAZ Inclusión Laboral para personas con discapacidad, cuya co-gestión estará a cargo de la Dirección de Discapacidad y la Dirección General de Programas de Empleo del Ministerio de Desarrollo Social.
3 De la conferencia de la Sra Secretaria de Inclusión Social y Equidad de Género, Dña Alejandra Vigo, en oportunidad de la presentación e Empresas Comprometidas Córdoba, oct/2010
2. Análisis de la situación en Córdoba
ESCASEZ DE INFORMACIÓN: carencia de datos estadísticos acerca de la discapacidad y el mercado de trabajo en Córdoba que permita ponderar la existencia de oportunidades de trabajo, las inserciones efectivamente logradas y el nivel de desempeño de los trabajadores con discapacidad.
BAJA ACTIVIDAD DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD: Diversos estudios y experiencias coinciden en subrayar que las tasas de participación en el empleo de las PCD4 en nuestro país no son satisfactorias. Además, este déficit se agudiza en el caso de las mujeres con discapacidad, tanto en lo relativo a las tasas de actividad como de ocupación. Conforme los datos que arrojara la Primera Encuesta Nacional de PCD 2002-2003 - Complementaria Censo 2001 (ENDI), la situación en la provincia de Córdoba da cuenta de un elevado número de PCD que no se encuentran insertas en el mercado laboral (+122.000), y que, dentro de éstas, el número de mujeres supera al de varones inactivos (71% mujeres contra 58% varones), lo que además estaría señalando la presencia de una fuerte discriminación de género.
ESCASAS OPORTUNIDADES DE INSERCIÓN LABORAL: a la falta de trabajo en general que afecta a una buena parte de nuestra población, y en especial a los grupos socialmente más vulnerables, se suman miedos y prejuicios en torno a las capacidades de las PCD.
Entre los posibles factores explicativos de la escasez de oportunidades laborales, encontramos:
barreras con que se topan las personas con discapacidad, (sociales, culturales, comunicacionales, físicas),
marcadas carencias educativas y formativas,
prestaciones económicas y ayudas sociales que desincentivan la inserción laboral,
el escaso desarrollo de políticas activas de empleo orientadas hacia las PCD,
la escasa utilización del trabajo a tiempo parcial y de fórmulas flexibles de organización del tiempo de trabajo,
la persistencia de prejuicios infundados sobre el desempeño laboral de este colectivo,
la inexistencia de una igualdad de trato real y efectiva, agravada en el caso de las mujeres,
desconocimiento del verdadero potencial productivo de estas personas cuando se llevan a cabo los oportunos ajustes para la adaptación al puesto de trabajo.
Escasos niveles de especialización de los servicios públicos de empleo en materia de discapacidad, para poder coadyuvar de manera eficaz a la captación de la demanda y la oferta de trabajo.
Presencia de Talleres Protegidos de Producción (en adelante TPP) casi como únicos espacios de contención a los que pueden asistir las PCD al finalizar la escuela media, que se constituyen más como lugares permanentes que como entornos de tránsito hacia el empleo ordinario.
BAJA SOSTENIBILIDAD DE LOS TPP: En el ámbito de la provincia de Córdoba existen 55 TPP distribuidos 7 en la ciudad capital y 48 en el interior. A ellos concurre una población cercana a las 800 PCD de las cuales 260 corresponden a la ciudad capital y 525 al interior provincial. Predomina en los concurrentes la discapacidad intelectual y/o mental, le sigue la motora y la tipología sensorial resulta poco significativa.
La realidad de estos TPP nos muestra un alto nivel de voluntarismo y compromiso en el acompañamiento de las PCD que a ellos asiste, junto a un bajo nivel de desarrollo productivo y comercial, lo que impacta en sus posibilidades de autosostenimiento. Los TPP están conformados por un lado por PCD que por su patología desarrollan habilidades y destrezas en oficios varios pero que no pueden ser insertadas en el empleo abierto, pues requieren en forma permanente de la apoyatura de un coordinador que los guíe en su tarea cotidiana. Por otro lado, también por aquellas PCD que pese a tener limitaciones derivadas de su discapacidad, tienen posibilidades de desarrollar en forma independiente actividades en empresas o comercios de la comunidad en la que viven, instancia ésta que presenta escaso desarrollo.
3. VISIÓN:
Nuestra visión a largo plazo aspira a lograr oportunidades de empleo de calidad para las personas con discapacidad con una remuneración digna y suficiente, sin discriminación en el acceso, ni en las condiciones de trabajo.
Esta visión se sustenta en la convicción que las personas con discapacidad tienen derecho a un trabajo (ordinario o protegido) accesible e inclusivo, desarrollado en condiciones de seguridad y salud, un trabajo que permita la conciliación de trabajo y familia, un trabajo donde el diálogo social desempeñe el papel habitual en las relaciones laborales.
4. OBJETIVOS:
General:
Promover el acceso de las personas con discapacidad al mercado laboral, mejorando su empleabilidad y su inclusión en igualdad de oportunidades.
Específicos:
1. Estimular y apoyar una mayor contratación de personas con discapacidad en el mercado de trabajo ordinario,
2. Promover la superación de las aptitudes, las competencias y actitudes de las PCD, de acuerdo a los requerimientos de los mercados laborales locales,
3. Mejorar la calidad del empleo y de las condiciones de trabajo de las personas con discapacidad, en particular combatiendo activamente su discriminación en el mercado de trabajo,
4. Aptación de la propuesta "ESTRATEGIA GLOBAL DE ACCIÓN PARA EL EMPLEO DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD 2008 - España
5. LÍNEAS ESTRATÉGICAS DE ACCIÓN:
"SOY CAPAZ" promueve e incentiva la inserción laboral en el empleo formal u ordinario de personas con discapacidad, acompañando el proceso desde la búsqueda voluntaria de trabajo, hasta lograr la inserción laboral, a través de tres líneas de acción ó Sub-Programas:
Nexo - Oficina de Orientación e Intermediación Laboral para PCD
Becas de adaptación y aprestamiento laboral (BAAL) para PCD en Empresas e Instituciones de la Sociedad civil a modo de capacitación en servicio y prácticas calificantes.
Subsidio estímulo a la inserción laboral (EIL) de PCD, con carácter de ayuda no remunerativa a las Empresas e Instituciones no gubernamentales, que incentiven, bajo la forma de contrato de trabajo por tiempo indeterminado, la incorporación de PCD a puestos de trabajo vacantes o nuevos.
5.1. Sub-Programa:
NEXO
5.1.1.Objetivos:
General:
Ofrecer un servicio de intermediación ágil y eficaz para la adecuación entre la oferta y la demanda de trabajo, con el fin de ayudar a las personas con discapacidad desocupadas a reducir el tiempo de búsqueda de empleo y facilitar a las empresas y ONGs la rápida incorporación de trabajadores para la cobertura de puestos vacantes.
Específicos:
1. Brindar información, orientación y asesoramiento en materia de empleo, tanto a potenciales empleadores como las personas con discapacidad que buscan trabajo
2. Facilitar la incorporación de estos últimos a procesos de capacitación (Prácticas formativas pre-laborales) que les permitan mejorar su oferta de servicios.
5.1.2. De la Ejecución:
En su componente de intermediación, la Oficina de Orientación e Intermediación Laboral desarrollará, entre otras, las siguientes actividades:
Recepción de solicitudes de personas con discapacidad que voluntariamente buscan empleo.
Atención personalizada a través de una entrevista de evaluación de aptitudes personales y laborales, talentos, destrezas y habilidades adquiridas, y confección de las historias laborales. (ANEXO 1- Programa SOY CAPAZ, Ficha de registro de perfiles laborales de PCD).
Registro de los postulantes en una Base de Datos (software diseñado a tal fin, en etapa de prueba).
Análisis del perfil laboral de las PCD registradas, pre-valoración de aptitudes laborales y clasificación de perfiles por rubros según nomenclador de Industria y Comercio de Córdoba.
Recepción de solicitudes de Empresas e Instituciones interesadas en brindar espacios de aprestamiento laboral y/o ofrecer empleo a personas con discapacidad bajo la modalidad de contrato de trabajo por tiempo indeterminado. (ANEXO 2 - Programa SOY CAPAZ, Ficha de Registro de Empresas y ONGs).
Entrevistas a directivos de empresas e instituciones con necesidades de personal para definir y/o ajustar los perfiles requeridos.
Pre-Selección de postulantes registrados, confección y envió de Listado de acuerdo al perfil requerido por la empresa o institución.
Asesoramiento y/o derivación de las empresas e instituciones interesadas al programa de Becas de Aprestamiento Laboral y/o Estimulo a la Inserción Laboral, que otorgan beneficios para la inclusión de personas con discapacidad.
En su componente de orientación, la oficina desarrollará Talleres y cursos breves a modo de prácticas formativas pre-laborales, que incluye las siguientes actividades:
Co-gestión de talleres y cursos breves de aprestamiento pre-laboral (Prácticas calificantes), en coordinación con la Dirección General de Programas de Empleo, Ministerio de Desarrollo Social de la provincia, destinados a PCD inscriptas en el Registro.
Gestión de talleres y cursos breves de aprestamiento pre-laboral (Confección de CV, hábitos laborales, comunicación interpersonal, trabajo en equipo, etc) en coordinación con Instituciones del medio (Universidades, Instituciones de formación de RRHH, Instituciones con trayectoria de intervención en el campo laboral de personas con discapacidad), por llamado a convocatoria de proyectos.
Derivación a instancias de terminalidad educativa y/o formación profesional en los casos en que el postulante no cuente con antecedentes.
5.1.3. Beneficiarios:
Personas con Discapacidad en búsqueda de empleo, mayores de 18 años, que posean Certificado de discapacidad y no se encuentren trabajando al momento de la inscripción en el Registro de postulantes a empleo.
Empresas privadas formalmente registradas ante la AFIP, interesadas en ofrecer aprestamiento laboral y/o contratar a PCD para ocupar puestos de trabajo.
ONGs legalmente constituidas, interesadas en ofrecer aprestamiento laboral y/o contratar a PCD, que se encuentren empadronadas en el Registro Único de Instituciones del Ministerio de Desarrollo Social (Dirección General de Asuntos Legales), con excepción de aquellas cuyo objeto social indique de manera fehaciente que trabajan para o con PCD.
5.1.4. Requisitos de Accesibilidad:
Para las personas con discapacidad:
Ser mayor de 18 años de edad
Poseer Certificado Único de Discapacidad
No encontrarse trabajando al momento de la inscripción en el Registro de postulantes
Presentar Currículum Vitae (CV) actualizado, adjuntando fotocopia de todos los cursos realizados
Presentarse a Entrevista personal en Oficina de Orientación e Intermediación Laboral
Para las Empresas:
Acreditar inscripción en la AFIP (Empresas)
Presentar constancia de CUIT-CUIL
Completar formulario de Registro de Empresas
Para las ONGs:
Acreditar inscripción y actualización de datos en el Registro Único de Instituciones dependiente de la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Desarrollo Social
Fotocopia del Decreto que le otorga Personería Jurídica
Fotocopia del Estatuto donde conste el objeto social de la entidad
5.1.5. Prestaciones:
Inscripción y Constancia de inscripción de PCD en el Registro de Postulantes a empleo.
Inscripción de Empresas y ONGs interesadas en el Registro de Oferentes de Empleo y/o aprestamiento laboral
Servicio de orientación e intermediación entre oferentes y demandantes de empleo -PCD-
Talleres y/o cursos breves de prácticas calificantes (Aprestamiento pre-laboral) en coordinación con la Dirección General de Programas de Empleo del Ministerio de Desarrollo Social.
5.2. Sub-Programa
5.2.1. Objetivos:
General:
Acerca de manera progresiva a las Personas con Discapacidad al mundo del trabajo, optimizando sus capacidades.
Específicos:
1. Desarrollar experiencias prácticas de adaptación a contextos de trabajo y aprestamiento en servicio, abriendo espacios institucionales en el sector privado (Empresas y ONG's) para que PCD desarrollen dichas experiencias,
2. Optimizar el desempeño laboral de las PCD,
3. Potenciar e incentivar las capacidades de las PCD en un proceso de tránsito y optimización de su desempeño laboral,
4. Profundizar la valoración del trabajo como elemento indispensable y dignificador para la vida, desde una concepción cultural y no meramente utilitaria,
5. Incorporar saberes, habilidades y actitudes vinculados a situaciones reales del mundo del trabajo,
6. Adquirir conocimientos que contribuyan a mejorar las posibilidades de inserción de PCD en el ámbito laboral,
7. Progresar en el proceso de orientación respecto de los posibles campos específicos de desempeño laboral de la PCD conforme sus capacidades.
5.2.2. De la Ejecución:
Las BAAL (Becas de Adaptación y Aprestamiento Laboral para PCD) buscan acercar de manera progresiva a la PCD al mundo del trabajo a través del desarrollo de una experiencia de adaptación a contextos laborales, aprestamiento laboral y capacitación en servicio acompañados por un tutor o padrino miembro de la Empresa o Institución receptora, por un período de 6 meses, con opción a continuidad por igual período siempre que la Empresa o Institución receptora evalúe y acredite la necesidad de prorrogar la instancia de aprestamiento para optimizar el desempeño laboral de la PCD.
De este modo se intenta promover e incentivar las capacidades de las PCD en un proceso de tránsito hacia la inserción laboral en el empleo formal, brindando la oportunidad de entrenarse y capacitarse dentro de un contexto real de trabajo.
El monto de la beca en concepto de asignación estímulo de carácter no remunerativa, será equivalente al 50% de un Salario Mínimo Vital y Móvil ($ 920.- al mes de mayo/2011) mensuales para aquellas PCD que se inserten en Empresas o Instituciones para su adaptación y aprestamiento laboral durante un máximo de 20 hs. semanales, o su proporcional por un mínimo de 12 horas semanales conforme se encuentren en condiciones de ofrecer las empresas e instituciones receptoras.
Las BAAL serán compatibles con la percepción de pensiones no contributivas, por cuanto éstas aseguran al pensionado la cobertura de prestaciones básicas para PCD, en tanto las becas solo representan un estímulo a la PCD para mejorar su empleabilidad.
Las becas BAAL no crearán ningún otro vínculo para el/la becario/a que el existente entre él/la y la Empresa ó Institución receptora, de carácter netamente formativo y de capacitación al igual que con el Ministerio de Desarrollo Social y sus dependencias.5.2.3. Beneficiarios:
Serán beneficiarios del Sub-Programa BAAL, toda PCD mayor de 18 años que pueda desarrollar tareas laborales y no se encuentre trabajando en relación de dependencia al momento de acceder al programa. La condición de discapacidad deberá ser acreditada mediante Certificado Único de Discapacidad. Los postulantes a becas no podrán ser parientes en primer grado de consanguinidad o afinidad con el titular de la Empresa u ONG receptora.
Resultan asimismo beneficiarias del Programa, las Empresas u ONGs que adhieran formalmente al Programa y el/los empleado/s que resulten designados como tutores ó padrinos.
5.2.4. Requisitos de Accesibilidad:
Para las PCD que resulten beneficiarios de becas BAAL:
Las PCD deberán estar inscriptas en el Registro de postulantes de la Oficina de Orientación e Intermediación Laboral, ser mayores de 18 años, poseer Certificado Único de Discapacidad, encontrarse desempleadas al momento de acceder al Programa de becas y no ser pariente en primer grado de consanguinidad o afinidad con el titular de la Empresa u ONG receptora.
El/la becario/a tendrá derecho a la percepción de la beca siempre que cumpla con el 80% de asistencia regular y mensual a la Empresa o Institución receptora, presentando en caso de falta el correspondiente certificado que acredite el motivo de la misma, y cumpla con todas las obligaciones que emanan del Acuerdo Individual que como plan de trabajo se suscriba con el becario previo al inicio de sus actividades de adaptación y aprestamiento dentro de la Empresa o Institución.
Para las entidades receptoras (Empresas u ONGs) que adhieran al Programa BAAL deberán:
a) Empresas privadas: encontrarse inscriptas en la AFIP, presentar constancia de CUIT y estar registradas en la Oficina de Orientación e Intermediación Laboral
b) Las ONGs: estar legalmente constituidas y encontrarse registradas en el Registro Único de Instituciones del Ministerio de Desarrollo Social (Dirección General de Asuntos Legales), con excepción de aquellas cuyo objeto social indique de manera fehaciente que trabajan para o con PCD.
c) Suscribir Convenio de Adhesión al Programa SOY CAPAZ, Becas de Adaptación y Aprestamiento Laboral -BAAL- (ANEXO 3 -Convenio de Becas de Adaptación y Aprestamiento Laboral en el marco del Programa Provincial SOY CAPAZ) y Acuerdo Individual de BAAL por cada becario que recepten (ANEXO 4: Acuerdo Individual BAAL - Programa SOY CAPAZ).
d) Presentar nota a la Dirección de Discapacidad designando un empleado de su Empresa u ONG que actuará como tutor o padrino de la PCD conduciendo y orientando su aprestamiento;
e) Gestionar la cobertura de un SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL para cada uno de los becarios que incorpore, y acreditarlo con fotocopia legalizada ante la Dirección de Discapacidad.
f) Hacer conocer al becario, -conforme sean las características de las actividades que realicen dentro de "LA EMPRESA"-, los derechos y obligaciones, así como los beneficios regulares y licencias que se acuerden al personal según se especifique en la reglamentación de LA EMPRESA.
g) Proporcionar a los becarios ropa de trabajo en caso de corresponder según el tipo de tareas que se les asigne;
h) presentar a la coordinación del Programa de BAAL informe bimensual de desempeño del pasante;
i) Extender, conjuntamente con la Dirección de Discapacidad de la provincia, un certificado de desempeño a cada becario culminado el plazo establecido de 6 meses ó un año como máximo.
Podrán participar en el presente Programa, las empresas privadas de la Provincia de Córdoba, cooperativas, incluyendo las de trabajo, organizaciones sin fines de lucro, sindicatos y fundaciones.
Quedan excluidos de esta operatoria los Estados nacional, provincial y municipal por si mismos o a través de sus dependencias o entes descentralizados.
5.2.5. Prestaciones:
Becas de carácter no remunerativo por un monto equivalente al 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil ($920.- al mes de mayo/2011) a las PCD que realicen Adaptación y Aprestamiento Laboral en Empresas u ONG's con una duración máxima de 20 hs. semanales, de lunes a viernes, por un período de seis (6) meses, con opción a prórroga por seis (6) meses más, ó su proporcional por un mínimo de 12 horas semanales efectivas de aprestamiento en servicio según ofrezcan las empresas u ONG's.
Certificado de Desempeño Laboral extendido por la Dirección de Discapacidad conjuntamente con la Empresa u ONG receptora del becario
Certificado de Buenas Prácticas Inclusivas a las Empresas u ONGs receptoras de becarios, otorgado por el Ministerio de Desarrollo Social
Certificado de participación como tutor o padrino al empleado de la Empresa u ONG receptora designado para la tarea de acompañamiento del becario, otorgado por el Ministerio de Desarrollo Social.
5.3. Sub-Programa
5.3.1. Objetivos:
General:
Promover el acceso de las personas con discapacidad al mercado laboral, mejorando su empleabilidad y su inclusión en igualdad de oportunidades, bajo la modalidad de contrato de trabajo por tiempo indeterminado.
Específicos:
1. Estimular y apoyar una mayor contratación de personas con discapacidad en el mercado de trabajo ordinario
2. Promover la superación de las aptitudes, las competencias y actitudes de las PCD, de acuerdo a los requerimientos de los mercados laborales locales
3. Generar mayor conciencia empresarial sobre los derechos que asisten a las PCD, superando mitos y miedos vinculados a la contratación laboral de PCD
4. Mejorar la calidad del empleo y de las condiciones de trabajo de las personas con discapacidad, en particular combatiendo activamente su discriminación en el mercado de trabajo
5.3.2. De la Ejecución:
Las PCD beneficiarias de este sub-programa serán contratadas por tiempo indeterminado por Empresas privadas u ONGs legalmente constituidas, Cooperativas, Organizaciones sin fines de lucro, Sindicatos y Fundaciones, con excepción de aquellas cuyo objeto social las vincule de manera directa con la situación de las PCD.
Las Empresas u ONGs recibirán por parte del Programa EIL un subsidio estímulo a la inserción laboral de PCD, en concepto de ayuda no remunerativa de $1000.- (Pesos mil) por cada contrato suscripto por 8 horas diarias de trabajo y 40 horas semanales como máximo, y el empleador deberá abonarles con carácter salarial el suplemento en dinero necesario para alcanzar el salario establecido para la categoría de que se trate en el Convenio Colectivo de Trabajo aplicable a la actividad o empresa, más los aportes previsionales y cargas sociales que correspondan por ley.
El referido subsidio tendrá vigencia durante el primer año de contratación de la PCD, siempre que el empleador mantenga vigente la relación laboral al menos durante dos (2) años.
5.3.3. Beneficiarios:
Serán beneficiarios del Sub-Programa de Estímulo a la inserción laboral PCD mayores de 18 años de edad, que cuenten con Certificado de Discapacidad oficial, que puedan desarrollar tareas laborales y se encuentren desocupados a la fecha de recepción de la solicitud.
Asimismo, resultan beneficiarias las Empresas privadas y ONGs que mediante la presente operatoria incorporen a su planta PCD, por cuanto el sub-programa subsidia parte del salario del nuevo trabajador según resulte del convenio que rija la actividad.
Se deja expresa constancia que no podrán participar como empleadores, el Estado nacional, provincial y municipal por sí mismos o a través de sus dependencias o entes descentralizados.
5.3.4. Requisitos de Accesibilidad:
Las PCD interesadas deberán cumplir con los siguientes requisitos:
Ser mayores de 18 años de edad,
En condiciones de desarrollar tareas laborales, desocupados a la fecha de recepción de la solicitud.
Encontrarse inscriptas en el Registro de perfiles laborales de la Oficina de Orientación e Intermediación Laboral de la Dirección de Discapacidad de la provincia de Córdoba.
Acreditar la condición de discapacidad mediante Certificado Único de Discapacidad. (Personas con discapacidad incluyen a aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás).
No percibir jubilación, pensión no contributiva, ni ser beneficiario de algún Programa de Asistencia Social Nacional, Provincial o Municipal, o en caso de ser beneficiario renunciar al momento de resultar seleccionado para este sub-programa.
No ser pariente en primer grado de consanguinidad o afinidad con el titular de la Empresa u ONG.
Las Empresas privadas deberán reunir los siguientes requisitos formales:
Estar formalmente inscriptas en la AFIP,
Presentar constancia de CUIT
Estar registradas en la Oficina de Orientación e Intermediación Laboral de la Dirección de Discapacidad de la Provincia de Córdoba,
No haber producido despidos masivos en un período no menos a los últimos seis (6) meses,
Los empleadores no podrán sustituir trabajadores permanentes por beneficiarios del presente programa.
Las ONG's deberán reunir los siguientes requisitos formales:
Encontrarse legalmente constituidas (Fotocopia de la Resolución que les otorga Personería Jurídica).
Presentar constancia de inscripción en el Registro Único de Instituciones del Ministerio de Desarrollo Social (Dirección General de Asuntos Legales).
Presentar constancia de CUIT.
No haber producido despidos masivos en un período no menos a los últimos seis (6) meses.
Los empleadores no podrán sustituir trabajadores permanentes por beneficiarios del presente programa.
La modalidad de incorporación de los beneficiarios como trabajadores contratados por las Empresas u ONGs se ajustará al siguiente procedimiento general:
Los interesados (Empresas, ONGs y Personas con discapacidad) podrán retirar Formulado de Solicitud en la Dirección de Discapacidad, Oficina de Orientación e Intermediación Laboral, el que deberá ser completado y firmado por el potencial empleador y por la PCD que se postula para cubrir un puesto de trabajo. (ANEXO 5: Solicitud de Inscripción - Programa SOY CAPAZ - Estímulo a la Inserción Laboral de PCD).
La solicitud completa por ambas partes será presentada en el SUAC -Sistema Único de Atención al Ciudadano del Ministerio de Desarrollo Social, donde se entregará comprobante de ingreso.
El SUAC girará las solicitudes a la Unidad de Gestión - Dirección General de Programas de Empleo, la que evaluará el cumplimiento de los requisitos que el programa establece, realizará los cruces de datos con la base del Sistema de Identificación Nacional, Tributario y Social -SINTyS-, y notificará la resolución a la Oficina de orientación e intermediación laboral de la Dirección de Discapacidad, Sub-Programa Nexo, la que notificará a las partes según corresponda para la continuidad del trámite.
Las PCD beneficiarias del presente Programa serán contratadas por las Empresas ó Instituciones oferentes bajo la forma de contrato por tiempo indeterminado, y gozarán de todos los beneficios de la seguridad social. El empleador abonará las correspondientes cargas patronales, contratará a su cargo el Seguro de Riesgo de Trabajo (ART) y aplicará a los beneficiarios incorporados como trabajadores de su empresa las condiciones de trabajo correspondientes a las respectivas categorías establecidas en el Convenio Colectivo de Trabajo y en la Empresa.
El empresario u ONG deberá dar el Alta Temprana en AFIP al beneficiario a la fecha de inicio de la relación contractual y realizar los aportes y contribuciones, lo que será verificado por la Unidad de Gestión en bases ANSES.
Las empresas o empleadores recibirán un subsidio estímulo, no remunerativo, de Pesos mil ($ 1000.-) por mes, por 40 hs. de trabajo semanales, para cubrir, durante el primer año, parte del salario establecido para la categoría de que se trate en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo aplicable a la actividad o empresa, siempre que la empresa o empleador mantenga vigente la relación laboral al menos durante dos (2) años.
Dicho subsidio será cobrado por la empresa o empleador mensualmente, a través de una transferencia a una cuenta bancaria abierta en el Banco de la Provincia de Córdoba, hasta cubrir el monto anual de Pesos doce mil ($ 12.000.-) acumulado por beneficiario. La gestión administrativa de dicha transferencia será responsabilidad de la Unidad de Gestión del Programa.
El beneficiario deberá acreditar ante la Oficina de orientación e intermediación laboral (Nexo), mediante copia de recibo de haberes, que percibe el mínimo legal establecido por convenio colectivo para el tipo de trabajo que desempeña al momento de la percepción de su primer haber.
El beneficiario (PCD) podrá trabajar como máximo 40 hs. semanales. En caso de contrato a tiempo parcial, el subsidio a favor de la Empresa u ONG será del 50% de lo fijado ($500.-).
Los empleadores participantes del Programa no podrán despedir a los beneficiarios subsidiados por el término de dos años contados a partir de la fecha del inicio del contrato, salvo justa causa.
Podrán participar en el presente Programa, las empresas privadas de la Provincia de Córdoba, cooperativas, organizaciones sin fines de lucro, sindicatos y fundaciones legalmente constituidas, con excepción de aquellas cuyo objeto social y/o Estatutos determinen de manera fehaciente que trabajan para las personas con discapacidad.
No podrán participar como empleadores, el Estado nacional, provincial y municipal por sí mismos o a través de sus dependencias o entes descentralizados.
5.3.5. Prestaciones:
1. Subsidio estímulo a la inserción laboral de PCD por un monto de $1000.- mensuales, por un máximo de 8 horas diarias y 40 hs. semanales, durante 12 meses por cada contrato por tiempo indeterminado suscripto entre Empresas u ONGs y PCD, con el compromiso del dador de empleo de sostener las condiciones de contratación por un año más.
2. Subsidio estímulo a la inserción laboral de PCD por un monto de $500.- mensuales, por un máximo de 20 hs. semanales, durante 12 meses por cada contrato a tiempo parcial suscripto entre Empresas u ONGs y PCD, con el compromiso del dador de empleo de sostener las condiciones de contratación por un año más.
6. DE LA AUTORIDAD DE APLICACIÓN
El Ministerio de Desarrollo Social a través de la Secretaría de Inclusión Social y de Equidad de Género a través de la Dirección de Discapacidad, y la Secretaría de Planificación y Control de Programas a través de la Dirección General de Programas de Empleo serán la autoridad de aplicación del programa creado en el presente Decreto.
7. DELEGACIÓN DE FACULTADES
Delégase en la autoridad de aplicación el dictado de las normas de interpretación, reglamentarias y complementarias, como así también las facultades para suscribir los convenios que resulten necesarios para la operatividad del Programa previsto en la presente normativa, diseñar los formularios que el Programa requiera y ajustar la operatoria a fin de mejorar el funcionamiento general del Programa. Asimismo, resulta competencia indelegable de la Dirección de Discapacidad efectuar el monitoreo de los beneficiarios en sus lugares de trabajo, asesorando y orientando a los empleadores en caso de requerirse adecuaciones de acceso, y a la PCD contratada a los fines de optimizar su desempeño.
8. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
A los fines de la gestión administrativa del Programa SOY CAPAZ, se crea la Unidad de Gestión, la que estará conformada por representantes de la Dirección General de Programas de Empleo de la Secretaría de Planificación y Control de Programas, y tendrá facultades para sustanciar las solicitudes de adhesión al Programa, llevar a cabo todas las medidas tendientes a verificar los datos vertidos en las mismas, ejercer funciones de control de los requisitos de mantenimiento de los beneficios, y liquidar los pagos correspondientes a los beneficios otorgados, notificando sus resoluciones a la Dirección de Discapacidad.
9. LOCALIZACIÓN
En todo el ámbito de la provincia de Córdoba.
10. FUENTES DE FINANCIAMIENTO
El gasto que demande la ejecución del presente Programa será imputado conforme Presupuesto asignado a la Dirección de Discapacidad Año 2011: Programa 564 Protección Integral de Personas con Discapacidad, Subprograma 8 Inclusión Laboral para Personas con Discapacidad, Partida principal 6 Transferencias para Erogaciones corrientes, 6 Transferencias al Sector Privado, 1 Transferencias para capacitación, promoción o inserción laboral; a cuyos fines el Ministerio de Finanzas efectuará las adecuaciones presupuestarias necesarias.
FAEYTES - ARRAIGADA

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