DECRETO 2405/2010
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS


 
Protocolo Interinstitucional de Actuaciones en Casos de Abuso Sexual Infantil en la Provincia de Entre Ríos.
Del: 05/08/2010; Boletín Oficial 28/10/2010

VISTO
El protocolo Interinstitucional de Actuación en Casos de Abuso Sexual Infantil en la Provincia de Entre Ríos, y;
CONSIDERANDO:
Que el citado Protocolo tiene por objeto evitar el proceso de re victimización de los niños adolescentes victimas de abuso sexual infantil y promover redes de trabajo interdisciplinar e interinstitucional a través de protocolos de actuación conjuntas;
Que el documento en cuestión es producto del trabajo de las Instituciones Gubernamentales que conforman la Mesa de Fortalecimiento Familiar que funciona en la Provincia de Entre Ríos desde el año 2008, la cual esta integrada por representantes de los distintos poderes del Estado y con participación de Organizaciones de la Sociedad Civil;
Que el criterio rector que deberá presidir las actuaciones incluidas en el protocolo es el de protección del interés superior del niño;
Que asimismo, se deberá asegurar el cumplimiento de las garantías procesales de la victima y del acusado así como la preservación de la prueba;
Que por su parte, se promoverá la adhesión de los Municipios a los términos del presente;
Que a los fines de realizar el seguimiento necesario para verificar el cabal cumplimiento de lo dispuesto en el Protocolo, resulta necesaria la creación del denominado Observatorio para el Seguimiento del Protocolo Interinstitucional de Actuación en Casos de Abuso Sexual Infantil en la Provincia de Entre Ríos, el cual estará integrado por un representante de cada uno de los organismos que suscribieron el mismo, los que se desempeñaran con carácter ad honorem y serán designados por la máxima autoridad de cada Organismo;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

Artículo 1º - Apruébase el Protocolo Interinstitucional de Actuaciones en Casos de Abuso Sexual Infantil en la Provincia de Entre Ríos suscripto entre las autoridades del Superior Tribunal de Justicia, la Defensoría General, el Ministerio de Salud, la Secretaria de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, el Consejo Provincial del Niño, el Adolescente y la Familia, el Consejo General de Educación y la Policía de Entre Ríos en fecha 5 de julio de 2010.-
Art. 2º - Invitase a todos los Municipios de la Provincia a adherir a lo dispuesto en el Protocolo aprobado por el artículo precedente.-
Art. 3º- Créase el Observatorio para el Seguimiento del Protocolo Interinstitucional de Actuación en Casos de Abuso Sexual Infantil en la Provincia de Entre Ríos, el cual estará integrado por un representante de cada uno de los organismos que suscribieron el mismo, los que desempeñaran con carácter ad honorem y serán designados por la máxima autoridad de cada Organismo.-
Art. 4º- El presente Decreto será refrendado por el SEÑOR MINISTRO SECRETARIO DE ESTADO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y EDUCACION.-
Art. 5º- Regístrese, comuníquese, publíquese y, oportunamente, archívese.-
Urribarri; Bahl


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