LEY 8320
PODER LEGISLATIVO PROVINCIAL (P.L.P.)


 
Adhesión ley nacional 25.415, sobre detección de la capacidad auditiva de los recién nacidos.
Sanción: 29/06/2011; Boletín Oficial 20/07/2011

El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza, sancionan con fuerza de
LEY:

Artículo 1º - Adhiérase la Provincia de Mendoza a los fines y alcances de la Ley Nacional N° 25.415 por la cual se establece la obligatoriedad de "practicar a los recién nacidos las determinaciones necesarias para la detección y posterior tratamiento de la capacidad auditiva".
Art. 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Cristian L. Racconto; Mariano Godoy Lemos; Roberto Infante; Jorge Manzitti


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