DECRETO 1160/2011
PODER EJECUTIVO PROVINCIAL (P.E.P.)


 
Prevención de Cáncer de Mama en la Provincia de Mendoza.
Del: 13/06/2011; Boletín Oficial 21/07/2011

Visto el expediente 1355-M-10-77770, en el cual se solicita la aprobación del Acta de Adhesión y Colaboración para la Implementación de Acciones de Prevención de Cáncer de Mama en la Provincia de Mendoza, celebrado oportunamente entre el Ministerio de Salud, representado por el Sr. Ministro Dr. Juan Carlos Behler y la Municipalidad de Luján de Cuyo, representada por el Sr. Intendente Lic. Héctor Omar Parisi, con el objetivo de garantizar la promoción de acciones de prevención del cáncer de mama.
Por ello, en razón del pedido formulado, lo dictaminado por la Subdirección de Asesoría Legal y la conformidad de la Subsecretaría de Gestión de Salud del Ministerio de Salud.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

Artículo 1°- Apruébese el Acta de Adhesión y Colaboración para la Implementación de Acciones de Prevención de Cáncer de Mama en la Provincia de Mendoza, celebrado oportunamente entre el Ministerio de Salud, representado por el Sr. Ministro Dr. Juan Carlos Behler y la Municipalidad de Luján de Cuyo, representada por el Sr. Intendente Lic. Héctor Omar Parisi, con el objetivo de garantizar la promoción conjunta de acciones de prevención del cáncer de mama, el que en fotocopia autenticada como Anexo forma parte integrante del presente decreto.
Art. 2°- El presente decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Salud y de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos.
Art. 3°- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
Celso Alejandro Jaque; Juan Carlos Behler; Félix R. González

ANEXO
Acta de Adhesión y Colaboración para la Implementación de Acciones de Prevención de Cáncer de Mama en la Provincia de Mendoza entre el Sr. Ministro de Salud de la Provincia Dr. Juan Carlos Behler constituyendo domicilio especial en Casa de Gobierno, y el Sr. Intendente de la Municipalidad de Luján en adelante el MUNICIPIO, atendiendo aspectos de la salud, relacionados con la Promoción de Acciones de Prevención de Cáncer de Mama en la Provincia.
Tanto la PROVINCIA como el MUNICIPIO ponen de manifiesto el compromiso de tomar la presente como un “Acta de Adhesión y Colaboración para la Implementación de Acciones de Prevención de Cáncer de Mama”, ajustándose a las cláusulas que a continuación se detallan:
Primera: El Ministerio de Salud de la Provincia de Mendoza se compromete a brindar asistencia ginecológica con la realización de ecografía y mamografía, si corresponde, en el marco de la prevención del cáncer de mama en La Casa de la Salud de la Mujer según la metodología y cronograma acordado oportunamente.
Segunda: El Municipio se compromete a facilitar los medios para asegurar la accesibilidad de las mujeres a fin de realizarse los controles de salud y eventuales estudios solicitados por el equipo profesional de La Casa de la Salud de la Mujer.
Tercera: El Municipio y el Ministerio de Salud se comprometen a fortalecer las acciones que promuevan la participación de la comunidad en la estrategia de prevención de cáncer de mama.
Cuarta: Con el objeto de garantizar la promoción de acciones de prevención las partes se comprometen a desarrollar conjuntamente las acciones de promoción de la salud que se definan.
Se firma el presenta acuerdo a los 08 días del mes de mano del año 2010.

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